La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) implementó el Monto Transaccional del Usuario (MTU) como una medida para reforzar la seguridad de las transferencias electrónicas realizadas a través de los servicios de banca digital. Quienes no hayan cumplido con el trámite a tiempo, es posible que se vean restringidos a enviar montos altos de dinero.
En los últimos meses circuló en redes sociales un rumor que aseguraba una multa de 12,800 pesos para quienes no configuren esta herramienta; sin embargo, esa información es falsa y no está respaldada por la autoridad financiera.
La confusión surge porque la cifra de 1,500 UDIS, equivalente aproximadamente a 12,800 pesos, se utiliza como referencia para establecer un límite inicial en determinadas operaciones, pero no corresponde a ninguna sanción económica para los usuarios.
¿Qué es el MTU?
El MTU es un mecanismo diseñado para aumentar la protección de las operaciones hechas mediante canales digitales. Permite que cada cliente establezca el monto máximo que podrá transferir a través de:
- Aplicaciones de banca móvil
- Banca por internet
- Servicios de banca telefónica
Su finalidad es reducir el riesgo de fraude. Si un tercero accede de forma indebida a una cuenta e intenta realizar una transferencia que supera el límite autorizado, el banco deberá solicitar mecanismos adicionales de autenticación antes de concretar la operación.
¿Es verdad que existe una multa de 12,800 pesos?
Hasta el momento, la CNBV no emitió ninguna disposición en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que contemple una multa para los usuarios que no configuren el MTU.
Los cerca de 12,800 pesos corresponden únicamente al valor aproximado de 1,500 UDIS, monto que puede utilizarse como límite predeterminado durante la implementación del esquema, pero que no representa un cobro ni una penalización.
¿Qué sucede si no configuras el MTU?
No establecer un límite personalizado no implica que la cuenta bancaria sea cancelada, bloqueada o que el usuario pierda su dinero.
Si el cliente no realiza la configuración dentro del plazo previsto, la institución financiera podrá asignar automáticamente un monto máximo para las operaciones realizadas por medios digitales.
En términos generales, durante la implementación del sistema se contempla un límite inicial equivalente a 1,500 UDIS, aunque su valor en pesos cambia conforme se actualiza este indicador. Posteriormente, cada banco podrá ajustar ese monto con base en el perfil transaccional del cliente y en la regulación vigente.