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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene en su portal un listado público de contribuyentes con información relacionada con distintos supuestos previstos en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF). La autoridad publica el nombre, denominación o razón social y RFC de las personas que se encuentran en alguno de los casos establecidos por la legislación.

La relación puede incluir a personas físicas y personas morales y se encuentra dividida según el motivo de publicación. Entre los apartados disponibles figuran firmes, no localizados, sentencias, Certificado de Sello Digital (CSD) sin efectos y entes públicos y de Gobierno omisos, entre otros registros contemplados por el SAT.

¿Qué publica el SAT?

El portal del SAT también contempla diferentes relaciones vinculadas con créditos fiscales, contribuyentes no localizados, sentencias, certificados de sello digital sin efectos y otros supuestos. La autoridad mantiene estos registros separados y permite consultar la información correspondiente a cada categoría.

El Gobierno mexicano embarga las cuentas bancarias y bienes de ciudadanos que figuren en el registro del SAT.
El Gobierno mexicano embarga las cuentas bancarias y bienes de ciudadanos que figuren en el registro del SAT.ChatGPT

Además, el SAT establece un mecanismo para que los contribuyentes que consideren improcedente la publicación de sus datos puedan presentar una solicitud de aclaración y aportar las pruebas correspondientes. El trámite está disponible tanto para personas físicas como para personas morales.

Embargos y cuentas bancarias: qué establece el registro

Aparecer en el listado no significa por sí mismo que las cuentas bancarias o los bienes de una persona hayan sido embargados. El registro del artículo 69 tiene como finalidad hacer pública determinada información fiscal en los supuestos establecidos por el CFF.

La información oficial consultada no señala que todas las personas incluidas en la relación del artículo 69 sufran automáticamente un embargo de sus cuentas bancarias o bienes. De hecho, el propio SAT distingue los diferentes motivos por los que una persona puede aparecer publicada.

Para determinar si existe una medida de embargo, debe analizarse la situación fiscal concreta del contribuyente y el procedimiento correspondiente.