

La segunda semana de septiembre da inicio para los jubilados del país con grandes noticias. Aquellas personas que se hayan registrado para recibir la Pensión Bienestar, tendrán la posibilidad de cobrar en los próximos días un total de 6,200 pesos.
Así lo ha dejado asentado el Banco del Bienestar, entidad bancaria responsable de dispersar los recursos correspondientes a las distintas asistencias financieras que otorga la Secretaría del Bienestar. Los ciudadanos busquen saber qué necesitan para ser parte de este programa, deberán tomar nota de los siguientes requisitos.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar la Pensión Bienestar?
La Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores es una de las asistencias económicas más solicitadas dentro del territorio azteca, ya que permite a los miembros del sector poblacional de edad más avanzada recibir bimestralmente un monto de dinero para afrontar los distintos gastos con los que cuentan.

En este sentido, los jubilados del país que quieran formar parte de programa social, necesitarán reunir una serie de condiciones específicas, tales como:
- Tener 65 años o más.
- Presentar acta de nacimiento.
- Identificación oficial vigente: Credencial para votar, pasaporte vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
- Télefono de contacto celular y de casa.
¿Qué otros habitantes pueden recibir la Pensión Bienestar?
Además de los adultos mayores, la Pensión Bienestar se otorga en México a otros sectores de la población, como las personas con discapacidad y los hijos e hijas de madres trabajadoras.
En el caso de las personas con discapacidad, el monto de dinero que se otorga asciende a los 3,200 pesos, mientras que el programa de madres trabajadoras permite ver acreditado desde 1,650 pesos (para niñas y niños recién nacidos y hasta los 4 años) hasta 3,720 pesos (para niñas y niños con discapacidad recién nacidos y hasta los 6 años).
En esta misma línea, los requisitos que se enlistan para ser parte difieren según la categoría bajo la cual se inscriban.
Personas con discapacidad
- Acta de nacimiento en original y copia.
- Identificación oficial vigente en original y copia (credencial para votar, pasaporte, credencial de Inapam o algún otro documento que la acredite).
- Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia.
- Comprobante de domicilio en original y copia (máximo 6 meses de antigüedad).
- Certificado y/o constancia médica que acredite la discapacidad permanente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
- En caso de que el o la solicitante del programa no pueda acudir personalmente al registro, tiene derecho a nombrar a una persona auxiliar para que acuda en su representación quien, a su vez, deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
- Tener entre 0 y 64 años (aplica para la gran mayoría de las entidades federativas del país).
- Tener hasta 29 años, en caso de residir en Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro
Niños y niñas hijos de madres trabajadoras
- Ser madre, padre solo o tutor de una niña o niño de recién nacido hasta un día antes de cumplir los 4 años de edad, o hasta un día antes de cumplir los 6 años de edad de una niña o niño con discapacidad.
- Identificación oficial vigente en original y copia de la madre, padre solo o tutor (en caso de ser menor de edad se puede presentar pasaporte o acta de nacimiento).
- Acta de nacimiento de cada niña o niño que solicita inscribir.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada niña o niño, así como de la madre, padre solo o tutor.
- Comprobante de domicilio reciente (agua, luz, teléfono, predial o constancia de residencia) en original y copia.
- Escrito libre bajo protesta de decir verdad de la madre, padre solo o tutor en el que se señale si trabaja, busca trabajo o si está estudiando. En caso de estar estudiando, se deberá presentar una constancia de estudios emitida por la institución donde estudia.
- Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, las cuales pueden tramitarse e imprimir desde el portal de internet de las instituciones (se excluye de este requisito a los tutores).
- En el caso de las niñas y niños con discapacidad, cuando ésta no sea visible, se requerirá certificado médico original emitido por alguna institución pública del sector salud o por un médico con cédula profesional, especialista en el tipo de discapacidad.
¿Quiénes cobran la Pensión Bienestar desde el lunes 8 de septiembre?
Cabe recordar que el calendario de pagos de la Pensión Bienestar aplica para todas las categorías de beneficiarios, y se organiza por orden alfabético. Esto implica que cada uno de ellos tiene asignada una fecha de cobro del mes en función de la primera letra de su apellido.
Para la segunda semana de septiembre, el Banco del Bienestar establece que quienes vean acreditado su dinero sean aquellas personas cuyos apellidos comiencen con las siguientes letras:
- Lunes 8 de septiembre: letra G.
- Martes 9 de septiembre: letra G.
- Miércoles 10 de septiembre: letras H, I, J y K.
- Jueves 11 de septiembre: letra L.
- Viernes 12 de septiembre: letra M.













