En esta noticia

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que los adultos mayores que mantengan adeudos fiscales podrían enfrentar medidas de cobro previstas por la ley, entre ellas el embargo de cuentas bancarias.

Con base en la legislación vigente, el organismo tiene la facultad de solicitar a las instituciones financieras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) la inmovilización de recursos, la retención de depósitos e incluso el bloqueo de transferencias electrónicas con el objetivo de garantizar el pago de créditos fiscales pendientes.

Estas acciones pueden ponerse en marcha cuando un contribuyente no liquida ni garantiza el adeudo fiscal dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación oficial emitida por la autoridad tributaria.

El SAT recordó que puede embargar cuentas bancarias por adeudos, lo que genera dudas entre pensionados del IMSS. Fuente: Shutterstock.

Ante este panorama, muchos pensionados comenzaron a preguntarse si estas medidas podrían llegar a afectar también los depósitos correspondientes a su pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

¿Cuándo puede el SAT embargar a pensionados?

Aunque el Código Fiscal de la Federación (CFF) permite al Servicio de Administración Tributaria embargar cuentas bancarias para cobrar adeudos fiscales, la propia legislación establece protecciones específicas para los jubilados.

El artículo 157 del CFF señala que las pensiones están exentas de embargo, sin importar su origen. Esto significa que el dinero que los adultos mayores reciben cada mes como pensión —por ejemplo, del Instituto Mexicano del Seguro Social— no puede ser retenido por la autoridad fiscal, incluso si el beneficiario mantiene deudas con el fisco.

Además, el SAT tampoco puede embargar los recursos que se encuentran en las cuentas individuales de ahorro para el retiro, incluidas las aportaciones voluntarias o complementarias, siempre que no superen el equivalente a 20 salarios mínimos actualizados, como establece la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Solo puede aplicar un embargo sobre otros recursos del contribuyente, no sobre su pensión. Esto puede ocurrir cuando:

  • Existe un crédito fiscal confirmado (una deuda de impuestos ya determinada por la autoridad).
  • El contribuyente no paga ni garantiza la deuda dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación.
  • La autoridad inicia el procedimiento administrativo de ejecución mediante una orden escrita.

En ese escenario, el embargo puede aplicarse a cuentas de cheques, nómina, inversiones u otros instrumentos financieros que pertenezcan al contribuyente.