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El sistema de jubilación mexicano está experimentando cambios significativos que influirán en las disposiciones relativas al acceso de los trabajadores a su pensión de retiro.
Tradicionalmente, la edad mínima establecida para el retiro ordinario se fijaba en 65 años; no obstante, esta cifra será incrementada en un futuro cercano.
Estos ajustes son esenciales para que la Seguridad Social actualice el esquema de pensiones y las asistencias económicas a los trabajadores, quienes deberán cumplir con un mínimo de años cotizados y alcanzar una edad determinada para poder abandonar la vida laboral.
Aumenta la edad de jubilación: qué cambia desde ahora
En consecuencia, los trabajadores con menos de 38 años y tres meses de cotización se verán obligados a esperar hasta los 66 años y ocho meses para poder retirarse. La modificación central que comenzará a observarse implica un aumento en la edad de jubilación ordinaria, que se incrementará en dos meses en comparación con el año 2024.
Esta diferenciación tiene como objetivo fomentar la permanencia en el mercado laboral y ajustar los beneficios en función de la trayectoria de cotización del trabajador. Por el contrario, aquellos individuos que logren reunir 38 años y tres meses o más de cotización mantendrán la opción de jubilarse a los 65 años.
Requisitos Esenciales para Jubilarse en México
La entidad encargada de gestionar las pensiones de los trabajadores del sector privado es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esta institución reconoce dos regímenes principales:
- Régimen de 1997: Este régimen corresponde a aquellos que comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997. A partir de 2024, se establecerá como requisito un mínimo de 825 semanas de cotización. La pensión se determina con base en el ahorro acumulado en la Afore del trabajador, quien deberá contar con un Expediente de Identificación debidamente actualizado. Las modalidades de pago incluyen Renta Vitalicia (aseguradora), Retiro Programado (Afore) o Pensión Mínima Garantizada (Gobierno federal).
- Régimen de 1973: Este régimen es aplicable a quienes iniciaron su cotización antes de 1997. Se requiere un mínimo de 500 semanas de cotización y una edad mínima de 60 años para el retiro por cesantía, o 65 años para vejez. El cálculo del importe de la pensión se realiza en función del promedio salarial de las últimas 250 semanas.