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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) vigila de cerca los depósitos en efectivo realizados por personas físicas, con el objetivo de detectar posibles omisiones.

Si realizas movimientos con frecuencia en tu cuenta bancaria, es clave conocer cuál es el monto que puede activar una alerta y qué operaciones están exentas de revisión.

Qué son los depósitos en efectivo

En resumen, un depósito en efectivo es una transacción donde una persona ingresa dinero físico, como billetes y monedas, en una cuenta bancaria. Estos depósitos pueden realizarse en ventanilla bancaria, cajeros automáticos, o a través de corresponsales bancarios.

¿A partir de qué cantidad el SAT investiga los depósitos en efectivo?

Según la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, las instituciones financieras tienen la obligación de reportar todos los depósitos en efectivo mayores a 15,000 pesos que reciba una persona física en un mes.

Para cumplir con esta obligación, los bancos presentan una Declaración Mensual de Depósitos en Efectivo (DMDE), que se envía electrónicamente a más tardar el día 10 del mes siguiente en el que se realizaron los movimientos.

Es importante destacar que no todos los depósitos se reportan, sino únicamente aquellos que cumplan con ciertas condiciones:

  • Que sean en efectivo (no transferencias electrónicas).

  • Que estén en moneda nacional.

  • Que sean a nombre de una persona física.

  • Que superen los 15,000 pesos acumulados en el mes (no importa si fue un solo depósito).

En caso de que se rebase ese monto, el SAT podría decidir revisar el origen del dinero, especialmente si no coincide con los ingresos que esa persona declaró en su declaración anual de impuestos.

Los movimientos en tu cuenta bancaria que no despiertan alertas en el SAT

Es importante saber que no todos los ingresos bancarios se consideran "depósitos en efectivo". Por ejemplo, las transferencias electrónicas, como las realizadas vía SPEI o TEF, no están sujetas a reporte automático. Esto significa que puedes transferir más de 15,000 pesos sin activar una alerta.

No obstante, esto no implica que estas operaciones estén completamente fuera del radar fiscal. Si las transferencias no se justifican adecuadamente o tienen conceptos ambiguos, podrían generar auditorías en otros contextos.