Durante septiembre, los familiares de una persona pensionada fallecida pueden solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el pago de mensualidades que no fueron cubiertas antes de su muerte. El procedimiento también permite reclamar diferencias pendientes en el monto de la pensión.
El beneficio no corresponde a una devolución general, pero se trata del trámite permanente IMSS-01-029-B, Modalidad B, que debe ser iniciado por los interesados y está sujeto a la revisión de documentos y al reconocimiento del derecho.
Quiénes pueden solicitar al IMSS el dinero pendiente
El trámite está dirigido a las personas beneficiarias contempladas en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, respetando el orden y las condiciones establecidos por la normativa. Entre ellas pueden encontrarse el cónyuge, la concubina o el concubinario, los hijos, los padres y otras personas que acrediten dependencia económica.
Para que proceda la solicitud debe comprobarse que existían mensualidades no pagadas en vida del pensionado o diferencias entre la cantidad depositada y la que correspondía recibir. No se trata de retirar dinero ya cobrado ni de solicitar una nueva pensión.
El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación precisa que este procedimiento se aplica a las pensiones otorgadas bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. Además, el fallecido debía conservar sus derechos y recibir una pensión a cargo del Gobierno Federal pagada mediante el Instituto.
Qué documentos deben presentar los beneficiarios
Los interesados deben acreditar el fallecimiento mediante una copia certificada del acta de defunción. También deben presentar una identificación oficial vigente y un comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses.
Dependiendo del vínculo con el pensionado, el IMSS podrá solicitar documentos adicionales. El cónyuge debe presentar el acta de matrimonio; los hijos, su acta de nacimiento o adopción; y quienes aleguen dependencia económica pueden necesitar una resolución judicial que la reconozca.
En los casos de hijos estudiantes mayores de 18 y hasta 25 años se requiere una constancia de estudios. Si se trata de una persona con incapacidad, corresponde presentar el dictamen expedido por los servicios médicos institucionales.
Dónde se realiza el trámite y cuánto demora
La gestión es presencial y gratuita. Puede iniciarse en la ventanilla de Control de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar correspondiente. Para Ciudad de México y el Estado de México también puede realizarse en las subdelegaciones indicadas por el Instituto.
Los puntos principales del procedimiento son:
- Nombre del trámite: Solicitud para el pago de mensualidades no cobradas o reclamo de diferencias relativas a la pensión.
- Homoclave: IMSS-01-029-B.
- Modalidad: Por terceros, ante el fallecimiento del pensionado.
- Horario general: de 8:00 a 15:00 horas, salvo que la oficina disponga un horario ampliado.
- Plazo máximo de resolución: 12 días hábiles, siempre que el expediente esté completo.
- Plazo para solicitar correcciones: el IMSS dispone de hasta ocho días hábiles para prevenir al interesado cuando falten datos o documentos.
- Forma de pago: cuando corresponda el acreditamiento bancario, la cuenta debe estar a nombre de la persona reconocida como titular del derecho.
- Atención telefónica: 800 623 23 23 para consultar requisitos o localizar la oficina correspondiente.