

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) refuerza la supervisión sobre el uso de tarjetas de crédito, incluyendo las emitidas por tiendas departamentales como Coppel, Liverpool y Suburbia.
Si bien estos plásticos suelen asociarse solo con compras personales, las autoridades fiscales pueden imponer multas si detectan inconsistencias entre los gastos realizados y los ingresos declarados por los contribuyentes.

Tarjetas departamentales en riesgo: cómo detecta el SAT gastos mayores a tus ingresos
El organismo público tiene acceso a la información de movimientos financieros de tarjetas departamentales y bancarias. Cuando los gastos realizados superan los ingresos declarados, el presume la existencia de ingresos no reportados.
Por ejemplo, si un contribuyente declara ingresos modestos, pero realiza compras frecuentes y de alto valor en Liverpool o Coppel, el SAT puede iniciar una revisión.
Multas del SAT por tarjetas departamentales: Liverpool, Coppel y Suburbia en la mira
Cuando el SAT detecta gastos que no coinciden con los ingresos, el contribuyente debe justificar el origen de los fondos. Si no puede probar su legalidad, se pueden imponer sanciones que incluyen:
Multas entre el 15% y el 70% del monto no justificado.
Recargos por pagos atrasados.
Posibles cargos por defraudación fiscal en casos graves.
Además, realizar compras a nombre de familiares o amigos, aunque el dinero no salga directamente del titular, puede complicar la situación. El SAT puede interpretar estos movimientos como ingresos ocultos, incrementando el riesgo de sanciones.

Cómo usar tarjetas departamentales de Coppel, Liverpool y Suburbia sin problemas con el SAT
Tener una tarjeta departamental no implica automáticamente una multa. El riesgo aparece cuando los gastos no concuerdan con los ingresos declarados. Algunas recomendaciones para un uso responsable incluyen:
Registrar cuidadosamente todos los ingresos y gastos.
Evitar compras de alto valor que no puedan justificarse con los ingresos reportados.
No usar la tarjeta para pagos a terceros que no puedan demostrarse como gastos personales legítimos.
Revisar periódicamente los estados de cuenta y compararlos con los ingresos declarados ante el SAT.














