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Un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha intervenido a favor de una adulta mayor al defender su derecho a la pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El caso se apoyó en la Ley del Seguro Social para garantizar los ingresos de los trabajadores retirados.

Tanto la pensión del IMSS como la del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) son contribuciones económicas para garantizar un ingreso a las personas jubiladas.

Sin embargo, muchas de ellas suelen solicitar a préstamosde entidades como Coppel, Liverpool o el Banco Azteca para afrontar otros gastos y luego incurren en deudas. Ante estos casos, la SCJN sentenció que no se podrá embargar las pensiones del IMSS ni del ISSSTE para liquidar los adeudos.

La Corte Suprema defendió a una jubilada y le garantizó el 100% de su pensión

Cuál es el riesgo de perder la pensión por contraer deuda con entidades financieras privadas se puso en duda luego de un resiente caso en el cual un juez aceptó el embargo del 30% de los ingresos del IMSS de una jubilada. Fue cuando intervino la Corte Suprema a favor de la pensionada.

La SCJN se amparó en la Ley del Seguro Social para determinar que las pensiones están protegidas de los embargos, a excepción de las pensiones alimenticias. El fallo principal dejó sin efecto la decisión del juez, y permitió que la jubilada acceda al monto total de su pensión del IMSS.

Qué dice la Ley del Seguro Social

De acuerdo al artículo 10 de la Ley de Seguro Social de México, "las prestaciones que corresponden a los asegurados y a sus beneficiarios son inembargables". Lo que confirma que de manera general, las prestaciones otorgadas por el Seguro Social, como pensiones o subsidios, no pueden ser embargadas legalmente.

En qué casos las pensiones sí pueden ser embargadas

En el mismo artículo detalla cuáles son las condiciones en las cuales las pensiones otorgadas por el Seguro Social sí pueden ser embargadas. Estos son: "sólo en los casos de obligaciones alimenticias a su cargo, pueden embargarse por la autoridad judicial las pensiones y subsidios hasta por el 50% de su monto."