

Se acerca el cierre del año y con él, uno de los pagos más esperados: el aguinaldo. En un respiro económico para millones de mexicanos, este ingreso adicional se entrega de forma obligatoria, pero algunos lo reciben de manera anticipada como es el caso de los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Para los beneficiarios de la pensión del ISSSTE, el pago del aguinaldo se divide en dos partes. La primera mitad se entregará en la primera quincena de noviembre de 2025, sumándose al pago regular de la pensión de ese mes. Este primer depósito corresponde a 40 días de salario y es un apoyo importante para los gastos de fin de año. La segunda parte del aguinaldo se pagará en la primera quincena de enero de 2026.
En el caso del IMSS, el aguinaldo se adelanta para los pensionados por cesantía en edad avanzada o vejez que estén bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. Para ellos, el aguinaldo equivale a una mensualidad completa de la pensión y se deposita de una sola vez, también en el mes de noviembre. Es un beneficio clave que les permite afrontar los gastos de las fiestas decembrinas con mayor holgura financiera.
Qué pasará con el aguinaldo de los trabajadores activos
A diferencia de los pensionados, los trabajadores en activo que están dados de alta en el IMSS deben esperar al mes de diciembre para recibir su aguinaldo. Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), el plazo máximo para que las empresas realicen este pago es el 20 de diciembre.

Sin embargo, es común que muchas empresas lo adelanten unos días para que sus empleados puedan planificar con tiempo sus compras y celebraciones de fin de año.
Qué jubilados no recibirán pago de aguinaldo en 2025
En el caso de los jubilados del IMSS son quienes cotizan con la Ley 97, y del ISSSTE con la Ley 2007 no recibirán aguinaldo a fin de año. En ambos casos, no cuentan con un aguinaldo, ya que su esquema de pensión es diferente y las instituciones con las que cotizaron no tienen la obligación de pagarlo.













