

Entrar a Estados Unidos de manera legal y sin necesidad de visa es posible para ciertos grupos de personas bajo condiciones muy específicas. Además, el Gobierno estadounidense exime del pago de visado en casos humanitarios, diplomáticos o por acuerdos internacionales. Esta información fue publicada de forma oficial por el Departamento de Estado en su sitio web travel.state.gov.
Según esa fuente, los ciudadanos de países que participan en el Programa de Exención de Visa, "Visa Waiver Program" pueden ingresar a EE. UU. por hasta 90 días sin necesidad de visa, siempre que cumplan con ciertos requisitos. Además, algunas personas que sí requieren visa están exentas del pago de tarifas según su función, propósito de viaje o situación particular.

¿Quiénes pueden entrar sin visa o sin pagar visado?
Atentos, existen algunas personas que están exentas de visa para Estados Undios bajo el Programa de Exención de Visa,VWP. ¿Cómo funciona?
- Ciudadanos de países participantes
- Estancias de hasta 90 días por turismo o negocios
- Requieren autorización previa a través de ESTA
Exentos del pago de visa, según el Departamento de Estado:
- Funcionarios diplomáticos (visas A, G, C-2, C-3, OTAN).
- Participantes en programas de intercambio oficial del gobierno de EE. UU. (visas J).
- Viajeros por servicios de caridad determinados por Visa Services.
- Solicitantes que viajan por razones humanitarias (por ejemplo, asistir al funeral de un familiar empleado del gobierno de EE. UU.).
"Los solicitantes de visas A, G, C-2, C-3, OTAN y diplomáticas... no deben pagar tarifa", indica textualmente el Departamento en su página de tarifas oficiales, dice el Departamento de Estado.

¿No puedes pagar la tarifa? Así puedes solicitar una exención ante el gobierno de EE. UU.
El Gobierno de Estados Unidos reconoce que no todas las personas pueden pagar las tarifas de presentación de visas o beneficios migratorios. Por ello, existe un proceso oficial para solicitar una exención de tarifas, aplicable a ciertos formularios y bajo condiciones muy precisas.
Tal como lo señala el sitio oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración,USCIS, "aprobaremos una solicitud de exención de tasas solo si demuestra claramente que no puede pagar las tasas de presentación". Esta solicitud se hace con el formulario I-912, que puede enviarse por correo o presentarse en línea para formularios elegibles.
Hay dos formas de presentar el Formulario I-912:
- Enviando una copia impresa junto con el formulario para el que se solicita la exención.
- Cargando ambos documentos desde una cuenta en línea de USCIS, si el formulario aplica para presentación digital en PDF.
"Si solicita una exención de tarifa, no envíe ningún pago", advierte USCIS.
Solicitar esta exención puede marcar la diferencia para quienes enfrentan barreras económicas, pero cumplen con los requisitos migratorios muy claros para el ingreso a Estados Undios sin visa o sin pagar las respectivas tarifas.















