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Viajar en avión durante las vacaciones de verano implica conocer no solo los horarios y requisitos del vuelo, sino también los derechos que protegen a las personas pasajeras. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recordó que las aerolíneas están obligadas a respetar las compensaciones previstas en la ley.

La dependencia explicó que tanto la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) como la Ley de Aviación Civil respaldan a las y los viajeros. Además, señaló que las empresas deben informar de manera clara las tarifas, los servicios contratados y las condiciones del viaje, así como responder cuando existan retrasos, cancelaciones o sobreventa.

Profeco sacó a la luz las indemnizaciones que las aerolíneas no te pagan porque no lo exiges.Profeco

¿Qué indemnizaciones y compensaciones puedes exigir a una aerolínea?

Profeco recordó que las aerolíneas deben brindar “información veraz, comprobable, clara y puntual” sobre sus servicios, además de respetar los derechos de las personas consumidoras cuando ocurran problemas con un vuelo.

Entre las compensaciones que puedes exigir se encuentran:

  • Retrasos de más de una hora y menores a cuatro horas: descuentos para vuelos posteriores al mismo destino, además de alimentos y bebidas.
  • Si el retraso supera las dos horas: el descuento para un vuelo posterior no puede ser menor al 7.5% del precio pagado.
  • Retrasos de más de cuatro horas, cancelación o sobreventa: puedes elegir entre el reembolso total (o de la parte no realizada del viaje) más una indemnización no inferior al 25% del costo del boleto.
  • Otra opción en esos casos: transporte sustituto en el siguiente vuelo disponible, alimentos, hospedaje y traslado terrestre desde y hacia la terminal aérea.
  • También puedes optar por viajar en una fecha posterior al mismo destino y recibir una indemnización no menor al 25% del precio del boleto o de la parte no utilizada del viaje.
  • Las compensaciones económicas deben ser cubiertas por la aerolínea en un plazo máximo de 10 días naturales después de presentar la reclamación.

La Procuraduría también recordó que las aerolíneas no pueden obligar a las personas pasajeras a contratar servicios adicionales, como seguros, renta de vehículos, asistencias o donaciones, y deben desglosar claramente tarifas, impuestos, comisiones y cualquier otro cargo incluido en el precio del boleto.

¿Qué indemnizaciones y compensaciones puedes exigir a una aerolínea?Shutterstock

Profeco también recordó tus derechos sobre el equipaje y la atención en aeropuertos

La dependencia informó que, por ley, las familias que viajan en avión pueden documentar sin costo hasta 15 o 25 kilogramos de equipaje, dependiendo de la capacidad de la aeronave, o llevar dos piezas de equipaje de mano con un peso conjunto de hasta 10 kilogramos, siempre que cumplan con las dimensiones permitidas. Solo cuando exista exceso conforme a la capacidad disponible del avión, la aerolínea puede solicitar un pago adicional.

Retrasos de más de una hora y menores a cuatro horas: descuentos para vuelos posteriores al mismo destino, además de alimentos y bebidas.Profeco

Finalmente, Profeco destacó que, durante las vacaciones de verano, cuenta con módulos de atención en diversos aeropuertos del país para brindar “asesoría, orientación y conciliación en beneficio de las y los consumidores”. En estos espacios, las personas pasajeras pueden recibir apoyo para reclamar las compensaciones e indemnizaciones que les correspondan conforme a la ley.