

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, ha emitido un pronunciamiento significativo en favor de todas las personas, especialmente de las mujeres cuidadoras, al reafirmar que el trabajo doméstico y de cuidados realizado durante el matrimonio o el concubinato puede dar lugar a una compensación económica en situaciones como la separación o el divorcio.
La Suprema Corte aclaró que este mecanismo tiene como objetivo reconocer el impacto económico que enfrentan numerosas mujeres que han dedicado una parte considerable de su tiempo al cuidado del hogar, así como de sus hijas e hijos o familiares dependientes.
Según el documento “Apuntes sobre igualdad de género. Compensación económica”, emitido por la SCJN, la solicitud debe evidenciar que la persona “asumió un costo de oportunidad durante la relación, derivado de su dedicación preponderante al trabajo no remunerado en el hogar”.

La Suprema Corte valida la importancia del trabajo doméstico
La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que el aspecto fundamental al evaluar una compensación económica radica en evidenciar que un individuo ha dejado de desarrollar su carrera laboral debido a su dedicación al hogar.
Este análisis es crucial para garantizar que se reconozcan adecuadamente las contribuciones que una persona ha realizado en el ámbito doméstico, lo cual puede impactar significativamente en su desarrollo profesional.

“El aspecto clave a demostrar en la solicitud de una compensación económica es que la parte solicitante incurrió en un costo de oportunidad durante la relación”, señala el documento del máximo tribunal.
Esto implica que el individuo podría haber accedido a mejores oportunidades laborales o ingresos si hubiera invertido ese tiempo en actividades remuneradas en lugar de dedicarse únicamente a las responsabilidades del hogar y de cuidado.
Contenido:
- Esto significa que la persona pudo haber tenido mayores oportunidades laborales o ingresos si hubiera dedicado ese tiempo al trabajo remunerado y no exclusivamente a las tareas domésticas y de cuidados.
Trabajos del hogar que pueden justificar la compensación económica
La Suprema Corte señala que las labores domésticas comprenden diversas actividades que, aunque a menudo son ignoradas, son fundamentales para el funcionamiento diario de las familias.
Entre estas actividades se incluyen “la ejecución material de tareas al interior del hogar, la organización de la economía familiar y la crianza y educación de hijas, hijos e hijes”, así como el cuidado de personas con discapacidad o que requieren asistencia cotidiana.
Estas tareas pueden abarcar desde cocinar, limpiar o realizar compras, hasta acompañar en tareas escolares, gestionar los gastos del hogar o proporcionar apoyo emocional a los miembros de la familia.
Por otra parte, la Suprema Corte establece que los tribunales tienen la obligación de analizar estos casos con enfoque de igualdad.
Esto implica reconocer que históricamente las mujeres han asumido una mayor carga de trabajo doméstico y de cuidados dentro de las familias.
La Suprema Corte reconoce que demostrar estas labores puede ser complejo porque muchas decisiones familiares se toman en privado y no generan documentos formales.
“Los acuerdos en la familia frecuentemente se llevan a cabo de manera privada y el desempeño de tales trabajos no necesariamente genera pruebas directas”, advierte el documento del máximo tribunal.
Por ello, los jueces pueden valorar distintos medios de prueba como testimonios, estados de cuenta, facturas o incluso estadísticas y estudios que ayuden a demostrar la distribución de tareas en el hogar.















