

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) intensificó su control sobre el uso de tarjetas de crédito, incluyendo las emitidas por tiendas departamentales como Liverpool, Coppel y Suburbia.
A pesar de que muchas personas consideran que estas funcionan en el margen del sistema financiero tradicional, lo cierto es que sus movimientos también son monitoreados.
Si el organismo público detecta que los gastos realizados con estas tarjetas de crédito no corresponden con los ingresos declarados por el contribuyente, puede aplicar multas.

Atención, el SAT puede multarte por el uso de tarjetas departamentales
La principal razón por la que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede imponer sanciones a quienes usan tarjetas de crédito emitidas por tiendas departamentales es la llamada discrepancia.
Este término se refiere a la diferencia entre los ingresos que un contribuyente declara y los gastos que realmente realiza.
Es importante saber que tanto las instituciones financieras como las tiendas departamentales que emiten tarjetas de crédito están legalmente obligadas a reportar periódicamente en el SAT la actividad de sus clientes.
Estos reportes incluyen detalles clave como compras, pagos, límites de crédito y saldos disponibles.
Gracias a estos mecanismos, el organismo público puede detectar inconsistencias y discrepancias de forma automática y en tiempo real.
En resumen, si usas tarjetas de crédito de Liverpool, Coppel o Suburbia, es fundamental que tus gastos estén alineados con tus ingresos declarados para evitar multas.

Estas son las sanciones que el SAT puede aplicar a los contribuyentes
Cuando la autoridad fiscal detecta inconsistencias entre los ingresos declarados y los gastos efectuados, el primer paso suele ser requerir una justificación sobre el origen lícito de los fondos utilizados.
Si no se logra acreditar la procedencia legal del dinero, pueden aplicarse distintas sanciones, entre ellas:
Multas económicas, que oscilan entre el 15% y el 70% del monto considerado como ingreso no declarado.
Recargos y actualizaciones, calculados en función del tiempo transcurrido sin corregir la omisión fiscal.
Acusaciones por defraudación fiscal, en los casos donde se presuma una intención deliberada de ocultar ingresos.
Un punto que muchos desconocen es que realizar compras con tarjetas de crédito o débito a nombre de terceros -como familiares o amistades- también puede implicar consecuencias.
Aunque el dinero provenga de otra persona, el gasto queda registrado bajo el nombre del titular de la tarjeta. Si este no puede justificar ese nivel de consumo con sus ingresos declarados, el SAT podría interpretarlo como una maniobra de ocultamiento.















