

El pasado 13 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, tomó una decisión trascendental para miles de trabajadores jubilados del IMSS, sentando las bases para la posible devolución de recursos de sus cuentas individuales. El Pleno de la Corte determinó ejercer su facultad de atracción en un tema clave, abriendo el camino para resolver una demanda histórica sobre sus ahorros.
La Nueva Corte dio a conocer su veredicto, cuyo fallo fue aprobado por una mayoría de siete votos de los Ministros. El fallo se centra en los recursos acumulados en los rubros de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez del régimen anterior. Esta acción legal busca determinar de manera definitiva si, conforme a sus regímenes de jubilación, estos trabajadores tienen derecho a la devolución de dichos fondos.
“En consecuencia, se ejerce la facultad de atracción en la solicitud 677/2025″, indica la SCJN.

El alcance de la la nueva decisión del Máximo Tribunal mexicano
La decisión de la SCJN no constituye una sentencia definitiva que ordene la devolución inmediata de los fondos, sino que es un paso procesal crucial. Al ejercer la Facultad de Atracción 677/2025, la Corte atrae un conjunto de juicios de amparo que presentaban criterios distintos entre los Tribunales Colegiados de Circuito.
Esta medida de la Corte es altamente favorable para los jubilados, pues garantiza que sea el Máximo Tribunal quien resuelva con una única interpretación. De esta manera, se evitará la dispersión de criterios legales, proveyendo certeza jurídica a nivel nacional sobre este sensible tema de pensiones del IMSS.

¿Qué implica la Facultad de Atracción 677/2025?
La Facultad de Atracción 677/2025 fue sometida a consideración del Pleno con el objetivo de responder a la pregunta central que aqueja a miles de pensionados:
“¿Los trabajadores jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social conforme a su régimen de jubilaciones y pensiones tienen derecho a la devolución de los recursos de la cuenta individual relativos a los rubros de cesantía en edad avanzada y vejez?”
Este ejercicio implica que la SCJN tomó para sí la resolución de casos como los Amparos Directos 470/2024 y 835/2024 de los Tribunales del Cuarto Circuito.
Así lo confirmó el Secretario General de Acuerdos al anunciar que la solicitud fue aprobada por “Mayoría de siete votos, señor Ministro Presidente” durante la sesión del 13 de noviembre.
Una vez que la SCJN emita su sentencia de fondo, esta resolución se convertirá en una jurisprudencia obligatoria para todos los tribunales del país. Si el fallo final es positivo, tal como lo sugiere el título, el IMSS estaría obligado a acatar la orden y proceder a la devolución de los recursos a la cuenta individual del beneficiario jubilado.














