

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un criterio que cambia la manera en que se reclaman indemnizaciones. A partir de ahora, las aseguradoras no podrán exigir que el monto exacto del pago esté plenamente acreditado desde el inicio del juicio cuando su determinación dependa de elementos técnicos posteriores.
El nuevo precedente modifica la interpretación del Código de Comercio y reconceptualiza la carga probatoria en los litigios civiles y mercantiles vinculados con pólizas de seguro. En términos prácticos, fortalece la posición de trabajadores, personas aseguradas y empresas que demanden el cumplimiento de un contrato tras un siniestro.

Qué cambia en los juicios contra aseguradoras tras el fallo de la Suprema Corte
El criterio aprobado por el Máximo Tribunal establece que la cifra señalada en la demanda puede considerarse una estimación inicial cuando su cuantificación definitiva dependa de peritajes, avalúos o dictámenes especializados.
Hasta ahora, algunos tribunales exigían que quien demandaba acreditara desde el juicio principal el monto exacto reclamado. Si no lo lograba, corría el riesgo de perder parte de la indemnización. Con la nueva interpretación, la SCJN determinó que esa exigencia puede resultar desproporcionada, especialmente ante la evidente asimetría técnica y financiera entre aseguradoras y asegurados.
A partir de este precedente, el juez podrá reconocer primero el derecho a la indemnización y diferir la determinación exacta del monto a la etapa de ejecución de sentencia, donde se fijarán las bases para la liquidación con sustento técnico.
La cuantificación del daño ya no será un obstáculo para acceder a la indemnización
Uno de los puntos centrales del fallo es que la falta de una cifra definitiva no invalida la acción judicial, siempre que esté acreditada la existencia del siniestro y la obligación contractual de indemnizar.
Esto implica que la etapa de ejecución de sentencia se convierte en el momento procesal idóneo para establecer la cantidad final a pagar. En esa fase no se vuelve a discutir si existe el derecho, sino que se concreta económicamente lo que ya fue reconocido en la sentencia.
La Suprema Corte sostuvo que imponer una carga probatoria excesiva desde el inicio puede afectar el derecho a la tutela judicial efectiva, especialmente cuando la cuantificación depende de elementos técnicos que muchas veces están en poder de la propia aseguradora.

Un precedente que obliga a las compañías de seguros a replantear su estrategia legal
La resolución, derivada del Amparo Directo en Revisión 732/2025, fija un parámetro obligatorio para juzgados y tribunales federales en casos similares.
En adelante, las compañías de seguros ya no podrán centrar su defensa en cuestionar la precisión inicial del monto reclamado como argumento para desechar la demanda. Los tribunales deberán analizar primero el derecho sustantivo: si el siniestro está cubierto y si existe obligación de pago conforme a la póliza.















