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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un litigio relacionado con el pago de una pensión por viudez otorgada a la cónyuge de un trabajador del Poder Judicial del Estado de Morelos, concluyendo que actualmente no existe una afectación a la autonomía presupuestaria de dicho poder.

La decisión deriva de las modificaciones realizadas por el Congreso de Morelos para garantizar el financiamiento de la prestación. Con ello, el máximo tribunal consideró que ya fueron atendidos los criterios previamente establecidos para asegurar el pago de la pensión sin comprometer recursos ordinarios del Poder Judicial.

 La Corte destacó que ahora existe una previsión específica para cubrir el beneficio y que el pago se realizará sin afectar el presupuesto ordinario del Poder Judicial.
La Corte destacó que ahora existe una previsión específica para cubrir el beneficio y que el pago se realizará sin afectar el presupuesto ordinario del Poder Judicial.

¿Cómo se pagarán las pensiones por viudez en Morelos?

El asunto tuvo origen en un decreto emitido en 2022, mediante el cual se concedió una pensión por viudez con cargo al presupuesto del Poder Judicial estatal. En ese momento, la institución impugnó la medida por considerar que no contaba con recursos adicionales para cumplir la obligación.

Posteriormente, el Congreso local emitió un nuevo decreto para ajustar el esquema de financiamiento. La Corte destacó que ahora existe una previsión específica para cubrir el beneficio y que el pago se realizará sin afectar el presupuesto ordinario del Poder Judicial.

  • Se reconoce una ampliación presupuestal específica para cubrir la pensión.
  • Los recursos podrán contemplarse en ejercicios fiscales subsecuentes.
  • El Congreso de Morelos deberá garantizar el financiamiento correspondiente.
  • No existe actualmente una afectación al presupuesto del Poder Judicial.
  • La controversia quedó sin materia para continuar su análisis.
La Suprema Corte falló a favor de todas las parejas y ya no será necesario casarse por registro civil para recibir una pensión (foto: archivo).
La Suprema Corte falló a favor de todas las parejas y ya no será necesario casarse por registro civil para recibir una pensión (foto: archivo).

Por qué la Suprema Corte dio por concluido el caso

Al revisar el Decreto 166, el Tribunal Pleno observó que el Congreso local estableció mecanismos para financiar la pensión mediante recursos adicionales. Según el comunicado, ahora se prevé “una ampliación presupuestal específica y la posibilidad de contemplar en los ejercicios subsecuentes partidas destinadas al pago de la pensión”.

La SCJN concluyó que el Poder Legislativo de Morelos ya no dispone indebidamente de recursos del Poder Judicial, pues “reconoce y cubre los recursos adicionales necesarios para cumplir con la obligación”, conforme a los criterios fijados en precedentes del propio tribunal.

Además, el Alto Tribunal precisó que cualquier eventual insuficiencia presupuestaria deberá discutirse durante la aprobación de los presupuestos anuales. Por ello, determinó que “ya no existía una afectación actual que justificara continuar con el análisis del asunto”.