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La Tarjeta de Cruce Fronterizo fue durante años un documento clave para miles de mexicanos que viajan a Estados Unidos. Sin embargo, existe una restricción importante que muchos desconocen y que puede provocar un rechazo inmediato en los puntos de entrada.
Las autoridades de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) recordaron que presentar únicamente la “visa láser” fuera de las zonas fronterizas designadas constituye documentación insuficiente, lo que impide categóricamente el ingreso.
¿En qué casos la Tarjeta de Cruce Fronterizo NO es válida para ingresar a Estados Unidos?
Según el portal oficial, no es aceptada como documento único cuando se viaja por avión o por vías marítimas comerciales.
Así, los ciudadanos mexicanos que deseen abordar vuelos hacia cualquier destino estadounidense deben presentar obligatoriamente un pasaporte válido junto con una visa americana.
Presentar solo la Tarjeta de Cruce Fronterizo a la hora de intentar entrar a Estados Unidos por vía aérea provoca un rechazo automático, sin importar el destino del viajero. Esta medida aplica en todos los aeropuertos del país, incluso cuando el destino final se encuentre dentro de la franja fronteriza autorizada.
Para viajes en cruceros o barcos comerciales, la BCC debe ir acompañada de un pasaporte válido. Solo puede usarse sola en cruces terrestres desde México.
¿Qué son las “zonas fronterizas” y qué pasa si viajo más allá de estos límites solo con BCC?
Las zonas fronterizas representan áreas geográficas específicas donde los titulares de la BCC pueden permanecer hasta por 30 días cuando ingresan por tierra o mar desde México. Estas zonas incluyen:
- California: hasta 25 millas de la frontera
- Arizona: hasta 75 millas de la frontera
- Nuevo México: hasta 55 millas de la frontera o hasta la Interestatal 10 (lo que esté más al norte)
- Texas: hasta 25 millas de la frontera.
Si el titular de la Border Crossing Card (BCC) viaja más allá de las zonas fronterizas permitidas sin contar con una visa válida de turista (B1/B2) o sin haber solicitado el permiso I-94, incurre en una violación de las leyes migratorias de Estados Unidos. Las consecuencias pueden ser graves e inmediatas, entre ellas:
- Detención por autoridades migratorias.
- Cancelación automática de la BCC.
- Expulsión inmediata del país (deportación).
- Prohibición de ingreso futuro a EE. UU. por varios años.
- Registro del incidente en el historial migratorio, lo que dificulta obtener visas en el futuro.