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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha confirmado una medida dirigida a los contribuyentes de la tercera edad: las visitas casa por casa a los jubilados. El objetivo de estas visitas es verificar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias y la adecuada declaración de sus ingresos.

El SAT enfatizó que estas visitas forman parte de un procedimiento administrativo de fiscalización amparado en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.

Esta disposición legal faculta al organismo a presentarse en el domicilio de cualquier contribuyente, ya sea persona física o moral, siempre que existan razones justificadas para comprobar la veracidad de los datos proporcionados.

La confirmación de estas visitas implica que los adultos mayores no están exentos de la lupa del fisco. Mientras mantengan su estatus como contribuyentes, la ley los sujeta a estos procedimientos de revisión.

Fuente: narrativas-spin-mx

Pasos a seguir durante una visita del SAT en tu hogar

Estos son los derechos de adultos mayores si reciben una visita del SAT:

  • Ser informados clara y detalladamente sobre sus derechos y obligaciones fiscales.
  • Recibir la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado, un documento que detalla sus garantías durante el proceso.
  • Solicitar la conclusión de la visita o revisión si la autoridad fiscal determina que todas sus obligaciones han sido subsanadas.
  • Corregir su situación fiscal presentando una declaración normal o complementaria en cualquier momento desde el inicio de la revisión y hasta antes de que se les notifique la resolución con el monto de las contribuciones omitidas.
  • Recibir un oficio informativo confirmando la corrección de su situación fiscal tras la revisión, en un plazo no mayor a un mes después de la presentación de la declaración correspondiente.

Consecuencias de no rectificar la situación fiscal

Es importante destacar que se puede solicitar el pago a plazos (hasta 36 meses) o diferido (hasta 12 meses) de la deuda fiscal, siempre que se garantice el interés fiscal correspondiente.

En caso de que el pensionado no corrija completamente las inconsistencias detectadas, el organismo emitirá una resolución y podría aplicar multas. Estas sanciones pueden ascender al 20% del monto omitido si el pago se realiza antes de la notificación del acta final, o al 30% si el pago se efectúa después de la notificación, pero antes de la liquidación.

Finalmente, la ley establece un plazo máximo de seis meses para que las autoridades fiscales determinen las contribuciones omitidas durante el proceso de revisión. Si este plazo expira sin una resolución, se considerará que no existe deuda fiscal por el periodo revisado.