Desde el 1 de enero de 2026, el sistema de facturación electrónica en México entró en una nueva etapa con implicaciones directas para comercios. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso fin a una práctica extendida pero irregular: condicionar la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a la entrega de documentos adicionales que no son obligatorios.
La medida quedó formalizada en un decreto publicado el 7 de noviembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y tiene como objetivo garantizar los derechos de los contribuyentes, así como simplificar el proceso de facturación para consumidores y empresas.
A partir de ahora, los negocios ya no pueden exigir información o documentación extra —como identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio o formatos internos— como condición para emitir una factura.
¿Por qué los negocios están siendo sancionados?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) detectó que numerosos establecimientos comerciales exigían a sus clientes documentos que no son necesarios para emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Específicamente, muchos negocios solicitaban la Cédula de Identificación Fiscal o la Constancia de Situación Fiscal, documentos oficiales que contienen información sensible del contribuyente.
Esta práctica no solo generaba molestias innecesarias a los consumidores, sino que también representaba un riesgo potencial para la seguridad de datos fiscales confidenciales. Por ello, el SAT consideró urgente erradicar este comportamiento, estableciendo sanciones claras según la fracción IX del artículo 83 del Código Fiscal de la Federación, que ahora tipifica como infracción el condicionar la expedición de facturas a la entrega de documentación no autorizada.
Los únicos cuatro datos que los comercios pueden solicitarte
La legislación es clara y específica respecto a la información que los negocios están autorizados a requerir para expedir una factura electrónica. Los contribuyentes únicamente tienen la obligación de proporcionar cuatro elementos básicos:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Nombre o razón social.
- Código postal.
- Uso del CFDI.
Cualquier solicitud adicional por parte del establecimiento comercial constituye una violación a las disposiciones fiscales vigentes. Los negocios tienen la obligación legal de expedir la factura con esta información mínima, entregando tanto el archivo electrónico como la versión impresa cuando el cliente así lo requiera.
Sanciones severas: desde multas económicas hasta clausura
Las consecuencias para los comercios que continúen condicionando la expedición de facturas son contundentes. El Código Fiscal de la Federación establece un régimen sancionatorio progresivo que puede impactar seriamente las finanzas y operaciones de cualquier negocio infractor.
Las multas económicas pueden alcanzar desde varios miles de pesos en una primera ocasión, hasta montos significativamente mayores en caso de reincidencia. Pero la sanción más severa contempla la posibilidad de clausura temporal o definitiva del establecimiento, especialmente cuando se detecten múltiples violaciones o se demuestre una práctica sistemática de condicionar indebidamente la facturación.
El SAT ya advirtió que realizará visitas negocio por negocio, sin importar el tamaño o giro comercial del establecimiento. Desde pequeños comercios hasta grandes cadenas están sujetos a las mismas regulaciones y enfrentan idénticas consecuencias por incumplimiento.
Cómo denunciar y obtener asesoría ante estos casos
Los contribuyentes que enfrenten situaciones donde un negocio se niegue a expedir su factura por no entregar documentación adicional tienen vías claras para presentar su queja.
Para presentar una denuncia formal, los afectados pueden enviar un correo electrónico a denuncias@sat.gob.mx, detallando el nombre del establecimiento, la fecha del incidente y la documentación que indebidamente les fue solicitada.
Adicionalmente, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) ofrece servicios de asesoría gratuita a través de múltiples canales. Los contribuyentes pueden comunicarse al correo atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx, llamar al 55 12 05 9000 para la Ciudad de México o al 800 611 0190 desde cualquier parte del país. También está disponible un servicio de chat en tiempo real donde asesores especializados resuelven dudas fiscales de forma inmediata y sin costo alguno.