Al solicitar una visa para viajar a Estados Unidos, el proceso no termina con llenar formularios y presentarse a una entrevista consular. Desde hace varios años, los solicitantes deben proporcionar información sobre su presencia en redes sociales en el formulario DS-160, y esto se ha vuelto parte de cómo las autoridades verifican la identidad y antecedentes de los solicitantes.
Según la Embajada y los consulados de Estados Unidos, se debe incluir todos los nombres de usuario o identificadores de redes sociales que se hayan usado en los últimos cinco años en ese formulario.
Más allá de solo mencionar las cuentas, los oficiales consulares y personal que revisa la solicitud pueden observar el contenido público de publicaciones, comentarios y perfil.
Cómo las redes pueden afectar la decisión de denegar la visa de USA
En algunos casos, lo que aparece en las redes puede influir en la decisión de conceder o negar una visa, especialmente si existe información que parezca inconsistente con los datos entregados o que pueda ser interpretada como un riesgo para la seguridad o las leyes de Estados Unidos.
Los consulados pueden revisar que los datos profesionales, académicos y personales en redes coincidan con lo escrito en la solicitud o comentado en la entrevista.
Los oficiales pueden observar publicaciones públicas que puedan indicar conductas o actitudes que consideren relevantes para la evaluación del caso, como participación en grupos extremos, actividades ilegales o discursos que, según su juicio, puedan representar riesgo para la seguridad.
Además, pueden ver grupos o páginas que se siguen públicamente y que se relacionen con temas de seguridad, ideologías que el gobierno considera sensibles, o actividades que no se alinean con lo explicado para el viaje.