

Una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) modificó de forma directa una regla que había generado debate durante años. El fallo impacta en una disposición legal que permitía tomar decisiones en lugar de otras personas en un tema profundamente personal, como lo es la interrupción voluntaria del embarazo. La resolución tiene efectos generales y ya no podrá ignorarse.
El caso llegó al máximo tribunal tras cuestionamientos sobre derechos fundamentales y autonomía. La discusión no giró solo en torno a una norma local, sino a principios constitucionales que protegen la libertad individual y la igualdad. El resultado redefine el alcance de ciertas decisiones médicas y legales.
Aunque la medida no crea una nueva ley, sí elimina una regla existente que permitía sustituir la voluntad de mujeres y personas gestantes. El cambio tiene consecuencias jurídicas inmediatas y marca un precedente sobre quién puede decidir en situaciones sensibles.
Interrupción voluntaria del embarazo: qué resolvió la Suprema Corte sobre la norma en Sinaloa
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional una porción del artículo 158 del Código Penal de Sinaloa. La norma permitía que, cuando una mujer o persona gestante no pudiera otorgar consentimiento, otra persona “legalmente facultada” decidiera por ella en la interrupción voluntaria del embarazo.

El tribunal determinó que esa disposición violaba derechos al libre desarrollo de la personalidad, autonomía reproductiva, igualdad y no discriminación. La Corte subrayó que permitir la sustitución de la voluntad en una decisión íntima afectaba especialmente a personas con discapacidad.
La resolución se emitió mediante una Declaratoria General de Inconstitucionalidad, luego de que el Congreso estatal no corrigiera la norma dentro del plazo constitucional. Con ello, la porción invalidada fue expulsada del orden jurídico y ninguna autoridad podrá volver a aplicarla.
El fallo no regula el aborto en general, pero sí fija un límite claro: las decisiones sobre la interrupción del embarazo no pueden ser tomadas por terceros en lugar de la persona directamente involucrada.
Suprema Corte, aborto y derechos reproductivos: qué cambia tras eliminar la norma y cómo impacta
La decisión de la Suprema Corte fortalece el reconocimiento de la capacidad jurídica de todas las personas en condiciones de igualdad. El tribunal reafirmó que la autonomía corporal y reproductiva no puede ser sustituida, incluso bajo argumentos de protección o representación legal.
Con la eliminación de la norma, se establece que en materia de aborto e interrupción voluntaria del embarazo deben respetarse principios constitucionales clave:
- La voluntad de la mujer o persona gestante es insustituible.
- Se protege la autonomía reproductiva y el libre desarrollo personal.
- Se refuerza el derecho a la igualdad y no discriminación.
- Ninguna autoridad puede decidir por terceros en esta materia.
El fallo también envía un mensaje jurídico más amplio sobre derechos reproductivos y capacidad legal. Para la Suprema Corte, las decisiones sobre el propio cuerpo y la maternidad pertenecen exclusivamente a la persona involucrada.
Con efectos generales, la resolución obliga a todas las autoridades a respetar este criterio. Así, el precedente consolida la protección constitucional en casos relacionados con aborto, consentimiento y autonomía personal.














