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En Argentina, el apellido que figura en el Documento Nacional de Identidad no es un dato inmodificable.

La legislación vigente contempla situaciones en las que una persona puede solicitar un cambio de apellido e, incluso, reemplazar el paterno por el materno.

Sin embargo, este trámite no está habilitado para cualquier caso, ya que debe cumplir con los requisitos establecidos por la ley y, en la mayoría de las situaciones, requiere la intervención de un juez.

¿Quiénes pueden quitarse el apellido del padre y llevar el de la madre?

El Código Civil y Comercial establece que una persona puede solicitar el cambio de apellido cuando existan motivos justos que justifiquen la modificación de su identidad registral.

En estos casos, será un juez quien analice la situación y determine si corresponde autorizar el cambio.

Si la solicitud es aprobada, la persona podrá reemplazar el apellido paterno por el materno o modificar la forma en que figura su nombre, siempre de acuerdo con lo que establezca la resolución judicial.

Se trata de una herramienta prevista por la ley para situaciones particulares y no de un trámite automático o de libre elección.

Quiénes pueden cambiar el apellido del padre por el de la madre en Argentina y qué requisitos exige la ley. Fuente: Shutterstock

Los casos en los que no hace falta autorización de un juez

La normativa también contempla excepciones en las que el cambio de apellido o de prenombre puede realizarse sin necesidad de una autorización judicial.

Esto ocurre cuando la modificación está relacionada con:

  • El ejercicio del derecho a la identidad de género.
  • Personas que fueron víctimas de desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión de su identidad.
  • Quienes fueron separados de su familia biológica como consecuencia del terrorismo de Estado y posteriormente dados en adopción.

En estos supuestos, la legislación reconoce el derecho a recuperar o adecuar la identidad sin atravesar un proceso judicial.

¿También se puede cambiar el prenombre?

Sí. La Ley del Registro Civil también permite modificar el prenombre, aunque la regla general es la misma que para el apellido: deben existir motivos justificados y la solicitud debe ser autorizada por un juez.

Las únicas excepciones son las previstas expresamente por la normativa para los casos de identidad de género y para las personas afectadas por graves violaciones a los derechos humanos vinculadas con la apropiación de identidad durante la última dictadura.

De esta manera, la legislación busca equilibrar la estabilidad de la identidad registral con el derecho de las personas a solicitar cambios cuando existen razones fundadas o cuando corresponde reparar situaciones que afectaron su identidad.