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La separación de los padres puede generar cambios importantes en la vida familiar y también abrir interrogantes sobre la identidad y el apellido de los hijos.

En Argentina, la legislación contempla distintas situaciones en las que una persona puede solicitar una modificación de su apellido.

El objetivo es determinar qué ocurre con el apellido paterno, cuándo puede solicitarse su eliminación y qué condiciones deben cumplirse para que la Justicia autorice el cambio.

Qué dice la ley sobre el apellido de los hijos

El Código Civil y Comercial de la Nación establece las reglas para determinar el apellido de los hijos.

En el caso de los hijos matrimoniales, el artículo 64 establece que llevan el primer apellido de alguno de los cónyuges. Si no existe acuerdo entre los progenitores, la determinación se realiza mediante sorteo en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

Los progenitores también pueden solicitar que se agregue el apellido del otro.

Por lo tanto, el apellido que recibe un niño al momento de su inscripción se encuentra sujeto a las reglas establecidas por la legislación.

¿La separación permite eliminar el apellido paterno?

(foto: archivo).

La separación de los padres no produce automáticamente la eliminación del apellido paterno.

Sin embargo, la legislación contempla mecanismos para solicitar posteriormente una modificación cuando existen circunstancias que lo justifican.

El artículo 69 del Código Civil y Comercial establece que el cambio de prenombre o apellido solamente procede si existen “justos motivos”, cuya valoración corresponde a un juez.

Esto significa que la ruptura de la pareja puede formar parte de las circunstancias analizadas, pero no constituye por sí sola una autorización automática para quitar el apellido.

Abandono paterno: cuándo puede intervenir la Justicia

Una de las situaciones que puede adquirir relevancia es la existencia de un abandono de la relación paterno-filial.

Existen antecedentes judiciales en los que se consideró que la falta de vínculo entre un progenitor y su hijo podía constituir un “justo motivo” para solicitar la supresión del apellido paterno.

La decisión, sin embargo, debe tomarse caso por caso. Es decir, no todos los hijos cuyos padres se separan pueden eliminar automáticamente el apellido de su padre.

Qué son los “justos motivos” para cambiar un apellido

La expresión “justos motivos” es uno de los puntos centrales de la normativa.

El artículo 69 contempla diferentes circunstancias que pueden justificar un pedido, entre ellas:

  • Una afectación de la personalidad de la persona interesada, cuando pueda acreditarse.
  • Razones vinculadas con la raigambre cultural, étnica o religiosa.
  • Un seudónimo que haya adquirido notoriedad.
  • Otras circunstancias particulares que el juez considere suficientes.

El pedido debe ser analizado por la autoridad judicial correspondiente, que determinará si las razones presentadas justifican efectivamente la modificación.