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De manera mensual las personas adheridas al Monotributo deben realizar los pagos correspondientes a los aportes jubilatorios y de obra social de la categoría en la que están inscriptos para mantener la vigencia en el sistema.
Sin embargo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podrá determinar la expulsión de determinados grupos de personas en caso de que irrumpan con una norma de carácter obligatoria.
¿Por qué ARCA puede expulsarte del Monotributo?
Los contribuyentes abonan las cuotas del Monotributo todos los meses y esto les permite estar dentro del Régimen Simplificado. No obstante, ARCA tiene la potestad de expulsar automáticamente a algunas personas si detecta una serie de inconsistencias en el contribuyente.
En el caso que esto suceda, derivará en que la persona en cuestión pierda el acceso a la obra social para la cobertura médica, como así también la posibilidad de solicitar créditos y/o préstamos destinados para monotribustistas.
Los monotributistas en la última categoría que superen el monto de facturación pueden ser excluidos del régimen y pasar a ser responsables inscriptos.
En cuestión, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero puede determinar la expulsión del régimen fiscal de una persona en los siguientes casos:
- Deuda de diez meses impagos en las cuotas del Monotributo: la baja será automática y se bloqueará el acceso al Régimen Simplificado por 3 años.
- En el caso de superar los topes de facturación anual y no hacer la recategorización en tiempo y forma. El organismo puede realizar el cambio directamente de categoría.
- Por tener información personal errónea que pueda generar inconvenientes administrativos. Para evitarlo es importante chequear los datos en "Mi Monotributo".
Monotributo: qué cosas hay que tener en cuenta para no ser expulsado
Para tener la situación en regla dentro del Monotributo y evitar inconvenientes con el fisco que puedan derivar en la expulsión directa, se deben tener en cuenta una serie de recomendaciones para los contribuyentes.
- Cumplir mensualmente con los pagos y no contraer una deuda superior a 10 meses.
- Realizar la recategorización en tiempo y forma según corresponda en los períodos correspondientes, cuyos son dos veces al año.
- Actualizar los datos personales y fiscales para no tener inconvenientes en la carga de información.
Aumentarán las categorías del Monotributo en agosto: cuánto habrá que pagar
A partir del mes de agosto, las categorías del Monotributo tendrán una actualización que impactará en el costo mensual y en los topes de facturación:
- Categoría A: $ 37.086,74
- Categoría B: $ 42.217,53
- Categoría C: $ 49.436,90
- Categoría D: para servicios será de $ 63.359,48 y de venta de cosas muebles será de $ 61.825,82.
- Categoría E: para servicios será de $ 89.716,69 y de venta de cosas muebles será $ 81.072,41
- Categoría F: para servicios será de $ 112.909,59 y de venta de cosas muebles será $ 97.294,12
- Categoría G: para servicios será de $ 172.461,96 y de venta de cosas muebles será $ 118.923,21
- Categoría H: para servicios será de $ 391.410,99 y de venta de cosas muebles será $ 238.044,80
- Categoría I: para servicios será de $ 721.669,58 y de venta de cosas muebles será $ 355.682,07
- Categoría J: para servicios será de $ 874.092,45 y de venta de cosas muebles será $ 434.907,44
- Categoría K: para servicios será de $ 1.208.914,53 y de venta de cosas muebles será $ 525.756,55
Cómo quedan los límites de facturación del Monotributo
- Categoría A: $9.015.493,91
- Categoría B: $13.208.746,89
- Categoría C: $18.520.200,66
- Categoría D: $22.993.003,84
- Categoría E: $27.046.481,73
- Categoría F: $33.878.514,39
- Categoría G: $40.513.679,01
- Categoría H: $61.496.949,51
- Categoría I: $68.854.302,77
- Categoría J: $78.829.266,97
- Categoría K: $94.034.709,83