

Una vez más, durante el año 2010 ha aumentando la presión fiscal legal que ejercen los gobiernos locales sobre la actividad económica.
Analizando las ordenanzas tributarias vigentes para una muestra de los 40 municipios más grandes de Buenos Aires en cuanto a población se refiere (que engloban en conjunto al 80% de los habitantes de esa provincia), se advierte que durante este año unas 27 jurisdicciones habrían aumentado algún elemento de la carga tributaria legal que ejerce la Tasa de Seguridad de Higiene (ya sean alícuotas generales, diferenciales, montos mínimos y/o fijos, entre otras cuestiones).
De este modo, y haciendo una síntesis de lo sucedido desde el año 2002, se observa que el 2010 fue el año en el que una mayor cantidad de municipios aumentaron esta tasa. En efecto, mientras durante el 2003 y el 2004 un 25% de los gobiernos relevados aplicaron algún incremento en este tributo, en el 2010 la proporción de jurisdicciones que lo hizo ascendió al 68%.
Es importante tener en cuenta que, en el 90% de los casos, esta tasa se cobra mediante la aplicación de una alícuota, tributando como una proporción de la facturación total de la actividad económica llevada adelante.
Es así que ante cambios en los niveles de ventas (por mayores cantidades facturadas o por mayores precios), la recaudación en concepto de este tributo aumenta automáticamente. Es por ello que los casos más preocupantes son aquellos en los que se aplican incrementos de alícuotas. En particular, durante el 2010 se registraron unas 12 jurisdicciones que aplicaron algún tipo de aumento de alícuotas, ya sean generales o específicas sobre determinadas actividades.
Con los cambios registrados durante este año, se tiene que la presión legal que ejerce la Tasa de Seguridad e Higiene sobre el conjunto de actividades económicas asciende en esta provincia a un 0.58% de las ventas brutas netas de IVA.
En torno a este valor promedio se observa una importante heterogeneidad, con jurisdicciones en donde la presión asumen valores máximos cercanos al 1%, cuatro veces más elevados que en otras jurisdicciones de la misma provincia en donde la carga se estima que ronda el 0.2% de la facturación.
No solo se observa una gran disparidad en el nivel de la carga entre jurisdicciones, sino también entre actividades económicas, considerando que sobre la intermediación financiera recae una presión que es de hasta 11 veces más elevada que la del sector primario, en promedio, por ejemplo.
Resulta preocupante esta tendencia al aumento de la carga tributaria iniciada hace algunos años por los gobiernos locales, dado que más allá del efecto nivel, genera más distorsión en la asignación de recursos al tratarse de una tasa que funciona como el impuesto provincial a los ingresos brutos.
Pero mientas aumente el tamaño del Estado, la carga tributaria tarde o temprano seguirá subiendo. Es necesario que se comiencen a evaluar alternativas que posibiliten una mayor eficiencia del gasto público. Incrementar la transparencia de la gestión pública es imprescindible.
No hay que olvidar que si bien la incidencia legal de este tipo de tasas o impuestos es sobre las empresas y unidades económicas, la incidencia económica se termina dando en definitiva sobre los consumidores, quienes a través de un mayor precio terminan absorbiendo al menos una parte de los incrementos de alícuotas.










