

Hace pocas semanas la Corte Suprema de Justicia revocó los fallos de primera y segunda instancias, referidos al amparo interpuesto por un conjunto de ahorristas, disponiendo que el depósito fuera devuelto pesificado, es decir, que el monto original en dólares fuera devuelto en pesos, multiplicando el valor en dólares por 1,40 más el CER, en otros términos, indexado.
Lejos de sentar jurisprudencia, el fallo está siendo olímpicamente ignorado por jueces de primera y segunda instancia (uno de ellos, que se hizo famoso por otorgar amparos, en televisión habla del “supuesto pronunciamiento de la Corte Suprema). Pero esto, que tiene que ver con la crisis intra Poder Judicial, no es el motivo de las presentes líneas.
Aquí quiero plantear 2 cuestiones: el inevitable dilema que enfrentó la Corte, dado que tuvo que adoptar un fallo referido a un sistema financiero que como sistema no funciona, y algunos de los fundamentos del citado fallo. Como sabe cualquier alumno de Dinero, crédito y bancos, como debería saber cualquier juez de la Corte, como debería recordar cualquier economista que habla por los medios masivos de comunicación, una cosa es la propiedad referida a un dólar depositado en la caja de seguridad de un banco, y otra es la propiedad referida a un dólar depositado en el sistema financiero. La disponibilidad del dólar depositado en una caja de seguridad es una cuestión de ir hasta el banco, tener la llave de la caja, abrirla y a otra cosa; la disponibilidad del dólar depositado en el sistema financiero depende de que quienes operamos en el mismo, espontáneamente, coordinemos nuestros depósitos y retiros. Como ocurre en cualquier lugar del mundo, como ocurría en Argentina hasta, digamos, 2000.
Operar con un sistema financiero es como operar con un sistema telefónico, o un sistema de medicina prepaga. A uno le prometen que se podrá comunicar en cualquier momento, o que le enviarán la ambulancia en el momento en que la necesiten, y cumplirán... si no hay fechas como fin de año, o terremotos o epidemias respectivamente (¿usted vio a usuarios telefónicos rompiendo sucursales de las empresas porque el 31 de diciembre a las 23:58 horas no se pudieron comunicar con sus seres queridos?).
Por consiguiente, la Corte tendría que haberle dicho a los ahorristas: ¿usted puso dólares? Tendrá sus dólares. ¿Cuándo? Cuando el sistema financiero vuelva a funcionar. ¿Y cuándo será eso? No sabemos, pero el test de que estará nuevamente funcionando es que a usted el banco le comunique que sus dólares están a su disposición, y usted... ¡los deja en el banco! Esto ni al juez Fayt se le ocurrió, porque también él quiere que –en cuotas– los bancos devuelvan los depósitos en dólares, aunque el sistema no funcione. Y el sistema financiero hoy opera exclusivamente para pagar y cobrar –que no es poco–, pero no como intermediario financiero.
Todos los días leemos que “los depósitos siguen subiendo . Pregunto: ¿usted conoce a alguien que, habiendo sacado sus ahorros antes del corralito, los devolvió a algún banco? Yo no. El Poder Ejecutivo no está haciendo nada para que el sistema financiero recupere el rol de intermediador, y por consiguiente sea que la Corte ordene la pesificación, o la dolarización de los depósitos, está ordenando repartir lo que no hay... contribuyendo a generar la próxima corrida bancaria.
No solamente el fallo en sí fue noticia, sino también algunos de sus fundamentos. Ejemplos: Highton: [Durante la convertibilidad] “la relación dólar estadounidense-austral era menos flexible que respecto a otras monedas extranjeras, pues la paridad respecto de la primera se fijó por ley, en cambio la del resto de las monedas se sujetó a las condiciones de mercado ; Belluscio-Maqueda: “la supuesta propiedad de los dólares no era más que una gran falacia. En la Argentina nadie ganaba en dólares estadounidenses... No está probado que la actora hubiera efectuado el depósito en dólares efectivamente ganados como tales ; Zaffaroni: “el Procurador General debería investigar la eventual responsabilidad penal de los técnicos que intervinieron en el proceso productor del estado de necesidad, y en especial de la ley [de intangibilidad de los depósitos] (no es el único juez que califica de maniobra, o de engaño, el hecho de que en medio de una corrida bancaria, se haya dictado la referida ley).
¿Qué es esto de que los dólares que llevé a depositar a un banco, eran de una supuesta propiedad, porque en Argentina nadie gana en dólares? ¿Qué es esto de que los funcionarios que dispusieron el dictado de la ley de intangilibilidad de los depósitos, en medio de la corrida bancaria, en realidad estaban haciendo una maniobra para engañar a los incautos? (¿deberíamos hacerle juicio al comandante de un avión, si recorre la cabina con cara de poker mientras su aeronave está pasando por una zona de turbulencia?
Según los jueces, los funcionarios deberían ir por la calle con un megáfono, anunciando que el sistema financiero está perdiendo depósitos. (A propósito: la estadística de depósitos es información pública, y se publica con frecuencia diaria o semanal). ¿Cómo puede ser que llame la atención que se haya fijado la relación dólar-peso, pero no con respecto al resto de las monedas, en un mundo de tipos de cambio flexibles entre terceras monedas?
Esto no es liberalismo o neoliberalismo, esto es falta de información y razonamiento elementales.
¡Animo!










