

La comunidad internacional consideró en la década del ’80 que uno de los flagelos más corrosivos para la vida en sociedad era el narcotráfico. En la década del ’90 se sumó la lucha contra la corrupción. Arribando al nuevo milenio, la atención se centró sobre el delito de lavado de dinero y, finalmente, en nuestros días los organismos internaciones han volcado sus energías en el combate del terrorismo internacional y sus vías de financiación.
Todos los crímenes mencionados se identifican en un aspecto fundamental: su avance perjudica directamente al desarrollo social, económico y democrático de las naciones. Ahora bien, la pregunta que debemos formularnos es: ¿Qué ha hecho nuestro país al respecto?
Entre los pasos más destacables encontramos la reciente ratificación por ley del Congreso de las Convenciones de la ONU contra el Financiamiento del Terrorismo de 1999, sobre la Corrupción Empresaria del año 2003 y la Convención de la OEA contra el lavado y el terrorismo de 2002. También cabe destacarse la reciente modificación de la Ley de Lavado de dinero que le da poder a la Unidad de Información Financiera (UIF) para levantar el secreto profesional, bancario y fiscal, ante sus requerimientos. Asimismo, la eficiente actuación preventiva que viene ejerciendo el BCRA y la CNV también es ponderable.
Sin perjuicio de lo expuesto, no podemos dejar de resaltar los aspectos que aún causan preocupación en los organismos y países del G-7. En el año 1989, fuimos el primer país de Latinoamérica en incorporar el delito de lavado de dinero proveniente del narcotráfico; sin embargo, a la fecha tan sólo contamos con una única condena por este ilícito.
Como si esto fuera poco, a pesar de los compromisos internacionales asumidos, nuestro país aún no tipificó el delito de financiamiento del terrorismo. Y si bien se creó la UIF, con facultad para sancionar con severas multas a la personas jurídicas y físicas que incumplan con su obligación de reportar operaciones sospechosas, a la fecha no se aplicó ninguna multa al respecto.
Otro dato clave: el lavado de dinero se tipificó como una forma de encubrimiento y no como figura autónoma. Se dificulta así su aplicación práctica, contradiciendo la tendencia normativa internacional.
Además, de acuerdo a los informes estadísticos de Transparencia Internacional, la Argentina es considerada como uno de los países más corruptos del mundo con una nota promedio que nunca superó el 3,5. A pesar de los esfuerzos, el gobierno de los Estados Unidos ha pedido mayores controles en zonas sensibles como la Triple Frontera.
Una reciente auditoría del Banco Mundial sobre los tribunales de nuestro país demuestra que los procesos penales por estos delitos tienen una duración promedio superior a los 10 años; arribando a condena firme menos del 3% de las causas iniciadas.
Esta lista de observaciones tiene autoridad suficiente como para comprender que nuestro país debe duplicar sus esfuerzos y encarar resueltamente estos flagelos. Las conclusiones resultan lógicas ya que ¿Quién invertirá en los países que no aseguren reglas claras y trasparentes de juego? La comunidad internacional espera de nosotros una mayor cooperación para prevenir y sancionar en forma efectiva los delitos de carácter económico de alcance global.
En el panorama mundial, nadie olvida aún los crueles atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 a la Ciudad de Nueva York, los del 11 de Marzo de 2004 en España, o los de Londres. La comunidad internacional en forma unánime entiende que una de las maneras más efectivas de detener su escalofriante avance es mediante la prevención y penalización del financiamiento de la actividad terrorista.
Con ese fin, a la fecha, más de 140 países ratificaron el Convenio de la ONU contra la Financiación del Terrorismo de 1999. En el plano regional, encontramos la Convención de la OEA contra el Terrorismo de 2002.
Si bien la Argentina dio un gran paso al ratificar recientemente ambos tratados, la realidad es que aún no cumplió con lo más importante: tipificar el delito de financiamiento del terrorismo. Esta acción consiste en la penalización de quienes no sólo lavan sino también ensucian activos (proceso que se da enviando dinero lícito al mercado clandestino), o quienes de cualquier otro modo, provean o recolecten fondos con la intención de ser utilizados para cometer actos de terrorismo.
Cabe decir que hasta que no contemos con este delito en nuestro ordenamiento jurídico, cualquier grupo fundamentalista podrá impunemente recolectar activos del modo que fuera, con miras a matar inocentes, mediante la colocación de explosivos en otra embajada o empresa multinacional, entre otros posibles objetivos.
Además, hasta que no comencemos a tomar un rol más activo en esta cuestión, nuestro país podrá perder potenciales inversores extranjeros, por interpretarse que no estamos en condiciones de asegurar reglas claras y trasparentes que el mercado financiero internacional exige.
En este sentido, el documento final de la IV Cumbre de las Américas, sugiere el combate del lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo como medio para fortalecer la gobernabilidad democrática, el sistema económico y la generación de empleo en el área. ¿Quién invertirá en los países que no puedan o quieran resguardar la seguridad física y jurídica de sus inversores?.
Países de América como Estados Unidos, Canadá, México, Colombia, Uruguay y Chile, por citar tan sólo algunos ejemplos, se encuentran más avanzados que nosotros en la lucha contra este verdadero flagelo.
¿Porque nuestros legisladores aún no han fortalecido el régimen preventivo sobre esta cuestión, como si lo han hecho otros países?. La respuesta es sencilla. Se trata de un tema ideológico. Algunos legisladores aún no se ponen de acuerdo en la definición del término actos de terrorismo. Su sentido parece variar según la inclinación partidaria y política que se tenga.
Evidentemente aún no hemos comprendido que, cualquiera sea su pensamiento ideológico, será terrorista quien, formando parte de una organización, con el fin de causar alarma y temor en la población, mediante el empleo de elementos inflamables o explosivos, o cualquier objeto de elevado poder ofensivo, ponga en peligro la vida o integridad física de civiles inocentes.
Debe concluirse que mientras no elaboremos un efectivo plan de prevención y combate del terrorismo y su financiamiento, los capitales tan añoradas no vendrán en demasía y nuestro pueblo quedará indefenso ante el financiamiento de nuevos ataques terroristas. Nadie olvida que no hace mucho nuestra querida Ciudad de Buenos Aires, también fue víctima de hechos terroristas dirigidos a la Embajada de Israel y la AMIA, atentados que, recordemos, aún permanecen impunes.
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