El descuento de facturas por parte de los bancos se verá un poco más entorpecido a partir de la vigencia del nuevo Código Civil, ya que le dará mayor poder a los supermercados y retailers, hoy reacios a dejar que se descuenten sus documentos, para negarse a ceder el cobro de las mismas. En cambio, son menos vulnerables los fideicomisos financieros (FF) que agrupan estos instrumentos, porque están eximidos de notificar la cesión al deudor.
"Los supermercados patean todas las facturas. Y si los obligás a aceptarla amparándose en la ley, ajustan contra el proveedor, no le vuelven a comprar", dijo el gerente de un banco internacional. "Supongo que es por tener la libertad financiera de pagar cuando quieran. Y algunos supermercados aplican el descuento financiero por pronto pago. Los proveedores de las cadenas se han acostumbrado a esperar el cheque a 90 días para terminar descontando el cheque", agregó.
Hoy los bancos anticipan los pagos de las facturas que emiten principalmente petroleras, químicas, agropecuarias e incluso el sector público, a 90 días, a una tasa que ronda el 25%.
Así que el nuevo Código Civil terminó regulando a favor de la parte con mayor poder, los supermercados y retailers. El artículo 398 indica que "todos los derechos son transmisibles excepto estipulación válida de las partes". En tanto, el artículo 1616 completa el hecho diciendo que "todo derecho puede ser cedido, excepto que lo contrario resulte de la ley, de la convención que lo origina o de la naturaleza del derecho". Según explicó Marcelo Villegas, abogado del estudio Nicholson y Cano, "hoy muchos supermercados le ponen algún tipo de sello a la factura para que no se pueda negociar en los bancos. Ahora que el tema en sí está legitimado por el Código Civil, la cláusula de no transmisión será mayor. La oportunidad perdida fue poner la regla contraria y movilizar el factoring y el descuento de documentos para un montón de proveedores que no tienen acceso al crédito".
Pero con la nueva normativa quedarían liberados los FF que reúnen facturas, si el deudor no deja explícitamente claro que quiere evitar la cesión (a través de un contrato o un sello), ya que no es necesario notificar la transacción al deudor.
"A los supermercados no les gusta mucho. Justamente, cuando tenes un buen mecanismo, evitás molestarlos lo menos posible. Porque no tenés que notificar la cesión, sino que sólo se entera cuando hay un conflicto. Se busca que sea viable la transacción y que la compañía no tenga un perjuicio comercial", dijo Pablo Muñoz, director del Grupo SBS.
El factoring en un banco obliga a notificar al emisor de la factura mediante carta documento, que acepte y realizar la cesión por escrito. Para los FF, los estructuradores se amparan en los artículos 70 al 72 de la ley 24.441, que permiten ceder derechos para emitir títulos mediante oferta pública sin necesidad de notificar al deudor cedido, y estampan su propia leyenda en las facturas y los remitos. Pueden reforzar la cesión con una publicación en el Boletín Oficial.
El FF, que principalmente compran los fondos comunes de inversión, requiere un mayor volumen que la transacción en un banco (el año pasado se negoció un promedio de $ 31,8 millones, según el IAMC), pero puede utilizarse como un complemento de las líneas bancarias. "El stock de capital de trabajo en facturas es cada vez mayor y las líneas líneas bancarias no crecen a la misma velocidad", dijo Muñoz, que tiene la experiencia de los FF de Sancor. Pero también es bastante usado por las proveedoras de productores agropecuarios. Los plazos también son mayores, de 12 a 18 meses (aunque la duration cae a 7 u 8 meses), pero se van cargando nuevas facturas al FF a medida que se van cancelando las existentes hasta el vencimiento. La tasa termina siendo similar a la de un banco, sin los costos de transacción, pero atada a la Badlar más un spread.