La María Jesús Montero, titular del Ministerio de Hacienda, confirmó que los propietarios con seguro de hogar vinculado a su hipoteca podrán aplicar una deducción superior a los 1000 euros en la próxima campaña del IRPF.
La medida se mantiene dentro del régimen transitorio para quienes adquirieron su vivienda habitual antes de 2013.
La Agencia Tributaria precisó que el beneficio fiscal puede alcanzar un máximo de 1356 euros anuales. La deducción se calcula sobre una base máxima de 9040 euros y aplica un porcentaje del 15%, siempre que el préstamo hipotecario continúe activo y cumpla con las condiciones exigidas.
El plazo para presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2025 comenzará el 8 de abril de 2026. Estarán obligados a declarar quienes hayan percibido rendimientos íntegros iguales o superiores a 22.000 euros anuales. También deberán hacerlo quienes hayan superado los 15.876 euros con más de un pagador.
¿Quiénes pueden acceder a la deducción del seguro de hogar?
El beneficio fiscal no resulta universal. Solo podrán aplicarlo quienes compraron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013. Esa fecha marca el límite establecido por la normativa que eliminó la deducción general por inversión en vivienda habitual, aunque mantuvo un régimen transitorio para adquisiciones previas.
Además, el seguro de hogar debe estar vinculado a una hipoteca activa. No basta con tener una póliza contratada. La cobertura debe formar parte de las condiciones del préstamo y haber sido suscrita con la misma entidad financiera desde el inicio del crédito.
La base máxima deducible se sitúa en 9040 euros anuales por inversión en vivienda habitual. Sobre esa cantidad se aplica el 15 %, lo que arroja el tope de 1356 euros. El importe final dependerá de lo efectivamente abonado durante el ejercicio fiscal y de la situación individual del contribuyente.
¿Qué parte del seguro se puede desgravar realmente?
No toda la póliza entra en el cálculo. Hacienda solo permite deducir la parte del seguro vinculada directamente a la garantía exigida por la hipoteca. En la mayoría de los casos, se trata de la cobertura frente a incendios u otros daños estructurales que afectan al valor del inmueble.
Las coberturas adicionales, como asistencia en el hogar, daños estéticos o servicios complementarios, quedan fuera de la base deducible. La Agencia Tributaria mantiene el criterio de que solo los gastos asociados de forma directa a la inversión en vivienda habitual generan derecho a deducción.
Esta ventaja fiscal se suma a otras deducciones vigentes en la campaña de la Renta 2026. Entre ellas figuran los beneficios por convivencia con ascendientes mayores de 75 años o determinadas obras de mejora en la vivienda. Cada incentivo responde a condiciones específicas y exige cumplir los requisitos previstos en la normativa tributaria actual.