

Existe la creencia de que un trabajador no puede ser despedido mientras se encuentra de baja médica. Sin embargo, la legislación laboral española establece que esa protección no es absoluta y que existen determinadas circunstancias en las que la empresa sí puede extinguir el contrato.
La clave está en el motivo del despido. La baja médica nunca puede ser la causa directa del cese, pero la empresa sí puede despedir al empleado si concurren otras causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
Esta diferencia resulta fundamental para entender qué derechos tiene un trabajador durante una situación de incapacidad temporal y cuándo un despido puede ser considerado procedente o incluso declarado nulo por los tribunales.

El Estatuto de los Trabajadores eliminó el despido por estar de baja médica
Hasta el 20 de febrero de 2020, el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores permitía el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo, incluso cuando estas estuvieran justificadas, si se superaban determinados porcentajes.
Esta posibilidad desapareció con el Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero, que derogó ese artículo y eliminó la opción de despedir a un trabajador únicamente por encontrarse de baja médica. Desde entonces, el hecho de estar de baja no puede justificar por sí solo la extinción del contrato.
No obstante, la norma no impide que un trabajador sea despedido mientras permanece en situación de incapacidad temporal si existen otras causas legales independientes de esa baja.
Estos son los casos en los que la empresa sí puede despedir a un trabajador de baja
Aunque el empleado esté de baja médica, la empresa puede extinguir la relación laboral cuando concurra alguna de las causas previstas por la legislación.
Entre ellas figuran:
- Despido objetivo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, como puede ocurrir durante una reestructuración o un expediente de regulación de empleo.
- Despido disciplinario, cuando existan faltas graves como indisciplina, desobediencia, disminución voluntaria y continuada del rendimiento o transgresión de la buena fe contractual.
- Cierre definitivo de la empresa, supuesto en el que pueden extinguirse todos los contratos, incluidos los de trabajadores que se encuentren de baja.
- Ineptitud sobrevenida, cuando una enfermedad o limitación impide desempeñar el puesto de trabajo y no existe la posibilidad de reubicar al empleado en otro compatible con sus capacidades.
En todos estos casos, el motivo del despido debe ser distinto de la propia situación de incapacidad temporal.
Cuándo un despido durante la baja médica puede ser declarado nulo
La legislación laboral exige que la carta de despido explique de forma precisa la causa por la que se extingue el contrato.
La baja médica no puede aparecer como motivo principal del despido. Si la empresa fundamenta el cese exclusivamente en esa circunstancia, los tribunales pueden declarar el despido nulo.
Por ese motivo, la diferencia entre un despido legal y uno improcedente o nulo depende de la causa que justifique la decisión empresarial y de que esta pueda acreditarse conforme al Estatuto de los Trabajadores.
En consecuencia, estar de baja médica no impide automáticamente que un trabajador pueda ser despedido, pero sí garantiza que la incapacidad temporal no pueda utilizarse, por sí sola, como razón para extinguir la relación laboral.
¿Qué ocurre si la empresa reconoce que el despido fue por la baja médica?
La legislación laboral establece que la baja médica no puede constituir, por sí sola, el motivo de un despido. Por ello, si la empresa reconoce expresamente que la extinción del contrato se debe a la situación de incapacidad temporal del trabajador, esa decisión puede ser impugnada ante la jurisdicción social.
En estos casos, la carta de despido adquiere una importancia fundamental. En ella deben figurar de forma clara y detallada las causas que justifican la decisión empresarial. Si el único motivo que aparece es la baja médica, o se acredita que esa fue la verdadera razón del cese, los tribunales podrán analizar si la decisión vulnera los derechos del trabajador.
Por ese motivo, los especialistas recuerdan que no basta con que el despido se produzca durante una baja médica para que sea ilegal. Lo determinante es la causa que lo motiva. Si existen razones económicas, organizativas, técnicas, productivas o disciplinarias debidamente acreditadas, la empresa puede extinguir el contrato aunque el empleado permanezca en situación de incapacidad temporal.
En cambio, cuando se demuestra que el despido tuvo como causa real la propia baja médica, el trabajador puede recurrir la decisión y será un juez quien determine si el despido debe declararse improcedente o nulo, en función de las circunstancias concretas del caso y de la normativa laboral aplicable.













