En España, la edad legal de jubilación en 2025 se establece en 66 años y 8 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años, y en 66 años para quienes alcancen o superen ese umbral. Sin embargo, la ley contempla la posibilidad de retirarse antes, a los 62 años, mediante la modalidad de jubilación anticipada voluntaria.
Esta alternativa no está disponible para todos los trabajadores y está regulada por una serie de requisitos exigentes que buscan asegurar la sostenibilidad del sistema y premiar las trayectorias laborales más extensas y constantes.
Para acceder a esta jubilación anticipada, no basta con desear retirarse antes de tiempo. Es necesario encontrarse como máximo a dos años de la edad legal que corresponda, acreditar al menos 35 años de cotización efectiva, y haber trabajado al menos dos de esos años dentro de los últimos quince anteriores a la solicitud.
Además, se excluyen del cómputo las pagas extraordinarias y los periodos anteriores a 1967. Esta modalidad implica una reducción de la pensión según los meses de adelanto y los años cotizados, lo que la convierte en una decisión que no debe tomarse a la ligera.
¿Quiénes pueden tener la jubilación anticipada voluntaria?
No todos los trabajadores cumplen con los criterios para jubilarse a los 62 años, incluso si tienen una larga carrera laboral. La Seguridad Social exige estar en situación de alta o asimilada al alta, lo que implica estar trabajando o en una situación equiparable reconocida legalmente.
Además, deben haber cotizado un mínimo de 35 años, con al menos dos años trabajados en los últimos quince. Se permite contar hasta un año de servicio militar obligatorio dentro de ese cómputo, pero no se aceptan periodos irregulares o no declarados.
El cálculo de la pensión en estos casos se ajusta con coeficientes reductores aplicables por cada mes de anticipo respecto a la edad legal. Esto puede significar una pérdida considerable en el importe mensual, por lo que la pensión final debe superar, incluso con la reducción, el mínimo legal establecido según la situación familiar.
Si no alcanza esa cuantía, la solicitud será rechazada. Por eso, esta modalidad está pensada para quienes, a pesar de anticipar su retiro, han tenido una vida laboral continua y suficientemente extensa.
¿Qué condiciones adicionales aplican según el tipo de trabajador?
El acceso a la jubilación anticipada también depende del tipo de empleo desarrollado. En el caso de los trabajadores agrarios por cuenta ajena, se requiere que al menos seis de los últimos diez años cotizados correspondan a actividad efectiva en el régimen especial agrario.
Este criterio busca evitar que se acumulen años sin actividad real en el sector, garantizando así que quienes acceden a la jubilación hayan contribuido efectivamente durante un tiempo considerable.
Para los empleados a tiempo parcial, las condiciones se regulan por el artículo 247 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que adapta el cómputo de los años cotizados a la intensidad real del empleo.
También se contempla la situación de quienes han estado cobrando el subsidio de desempleo por más de tres meses, a quienes se les aplican coeficientes reductores propios de la jubilación forzosa, aunque deben cumplir igualmente con todos los requisitos voluntarios.
La normativa prevé que la pensión reducida no puede superar un límite fijado por ley, salvo en casos muy puntuales, lo que limita aún más esta opción.