Huelga de alquileres: ¿qué ocurre si dejo de pagar la renta?
Es importante considerar que, al margen de si finalmente se materializa la huelga que impulsan los sindicatos, dejar de pagar el alquiler tiene consecuencias legales.
El Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid, llamó a una huelga durante la masiva manifestación del domingo por la vivienda. Es que una verdadera crisis habitacional perjudica enormemente a los inquilinos en todo el país. Su propuesta pasa por dejar de pagar el alquiler tanto a los caseros particulares como a las grandes empresas si los precios siguen subiendo.
Por su parte, el sindicato de Cataluña anunciará este martes la convocatoria de otra manifestación y también llamará a una huelga de alquileres de cara a las próximas semanas. En ese sentido, cabe preguntarse qué ocurre si dejo de pagar la renta.
Huelga de alquileres: qué ocurre si dejo de pagar
Es importante considerar que, al margen de si finalmente se materializa la huelga o no, dejar de pagar el alquiler tiene consecuencias legales.
España, a diferencia de otros países como Estados Unidos, no recoge el derecho a la huelga de alquileres y esto dificulta su aplicación. De este modo, los inquilinos se podrían enfrentar a consecuencias civiles (no penales), como reclamaciones judiciales del propietario o incluso desahucios.
Si se deja de pagar el alquiler, el primer paso suele ser una comunicación oficial del propietario reclamando el pago de las rentas adeudadas. Esto habitualmente se realiza de manera formal (burofax o carta certificada) o informal (correo electrónico o llamada).
Si no se paga, el propietario tiene derecho a reclamar judicialmente las cantidades adeudadas. Lo que también puede incluir intereses por el retraso en los pagos.
Si dichos impagos persisten, los propietarios tienen derecho a iniciar un procedimiento judicial de desahucio por impago de rentas, que incluye la cantidad adeudada como la posesión de la vivienda.
¿En qué consiste el procedimiento de desahucio?
Comienza con la demanda de desahucio y la reclamación de las cantidades adeudadas. El tribunal notificará entonces al inquilino y le dará un plazo para pagar la deuda y detener el proceso, desalojar voluntariamente la vivienda u oponerse si considera que la reclamación tiene errores.
Si no se paga ni abandona voluntariamente el inmueble, el tribunal emitirá entonces una orden de desahucio, fijando una fecha para el lanzamiento que conlleva un desalojo forzoso.
Los plazos dependerán de la agilidad del juzgado, pero puede ocurrir entre 3 y 6 meses desde el inicio del procedimiento. Si el inquilino no paga, el propietario también puede incluirle en registros de morosidad, que puede afectar a su capacidad de obtener créditos o alquilar en el futuro.
En este caso extremo, además de perder la vivienda, el inquilino se hará cargo de pagar todas las mensualidades atrasadas, los gastos judiciales y, si procede, los intereses generados por el impago correspondiente.
Huelga de alquileres: el llamado de los sindicatos
"A partir de hoy empieza un antes y un después porque ya se acabó la impunidad de los caseros y la patronal inmobiliaria y se acabó el tiempo de los políticos y los gobiernos", ha señalado Valeria Racu, portavoz del Sindicato de Inquilinas de Madrid a El País.
No hay plazos concretos para el pistoletazo de salida de esa huelga porque "esto es un proceso", reconoce Racu, que recuerda que ya hay una huelga de alquileres activa en Madrid, la de 900 familias y 10 bloques contra el fondo Nestar-Azora, al que no pagan el seguro de impago o los gastos de comunidad, entre otras facturas, por ser cláusulas abusivas.
De salir adelante la propuesta de dejar de pagar las rentas mensuales, los inquilinos se enfrentan a un posible desahucio. A este respecto, Racu indica: "Lo que estamos planteando no es que el inquilino caiga en impago como una persona individual, sino una huelga de alquiler que es una herramienta de desobediencia civil organizada y, aunque sea una huelga ilegal en España, es una huelga legítima".