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Hacienda lleva años recibiendo información de los bancos sobre los movimientos de los clientes, pero este año ha puesto el foco en un perfil muy concreto: las transferencias que se repiten entre las mismas personas y, especialmente, cuando hay relación familiar.

El objetivo de la Administración es identificar operaciones que aparentan ser ayudas económicas pero que, por su frecuencia o cuantía, deberían tributar como donación o incluirse en la declaración de la renta.

Las entidades financieras están obligadas a informar periódicamente a la Agencia Tributaria española de determinados movimientos, sobre todo cuando superan ciertos umbrales o presentan patrones de riesgo.

En la práctica, ingresos reiterados o operaciones que se acercan a los niveles a partir de los cuales los bancos reportan a la AEAT (como transferencias frecuentes de varios cientos de euros o movimientos que, sumados, rondan los 10.000 euros anuales) pueden dar lugar a una revisión.

El objetivo de la Administración es identificar operaciones que aparentan ser ayudas económicas pero que, por su frecuencia o cuantía, deberían tributar como donación o incluirse en la declaración de la renta.

A partir de esa información, la AEAT puede iniciar requerimientos cuando detecta ingresos que no encajan con la actividad declarada del contribuyente. No implica una sanción automática, pero sí la posibilidad de que Hacienda pida explicaciones.

Hacienda pondrá la lupa en los movimientos repetidos

Un primer elemento es la reiteración: si una cuenta envía 200, 300 o 500 euros todos los meses a la misma persona, la operación pasa a ser previsible y fácilmente trazable. Ese comportamiento es habitual en ayudas familiares legítimas, pero la Administración quiere que queden identificadas.

Un segundo elemento es la vinculación: cuando el movimiento se da entre personas relacionadas (progenitores, hijos, parejas, hermanos), Hacienda puede analizar si ese dinero encaja mejor como una donación y, por tanto, si corresponde liquidar el impuesto autonómico correspondiente.

Y un tercer elemento es la cuantía: además de la reiteración, la Agencia presta atención a ingresos que se acercan a los rangos habituales de control bancario. No hay una cifra única para todos los casos, pero la combinación de importe relevante y repetición es la que dispara el análisis.

Qué puede pasar si te piden aclaraciones

Lo más habitual es recibir un requerimiento para justificar el origen y el motivo de las transferencias. Si el contribuyente acredita que se trata de una ayuda familiar puntual o de un préstamo entre particulares documentado, el trámite se cierra. Si, en cambio, de la documentación se desprende que eran pagos periódicos para eludir el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o ingresos no incluidos en el IRPF del receptor, Hacienda puede exigir el pago del tributo y aplicar recargos.

Cómo evitar problemas

  • Indicar siempre un concepto claro en la transferencia (ayuda familiar, manutención, préstamo).
  • Formalizar por escrito los préstamos entre familiares.
  • Conservar justificantes que demuestren que el dinero proviene de ingresos ya declarados.
  • Consultar la normativa de donaciones de la comunidad autónoma para saber cuándo hay que liquidar.