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El uso de Bizum se ha convertido en una forma habitual de enviar y recibir dinero entre amigos, familiares y conocidos en España. Millones de usuarios confían en esta plataforma porque permite transferencias instantáneas con solo un número de teléfono, sin complicaciones ni lentitud bancaria.

Sin embargo, a medida que Hacienda actualiza sus herramientas de control fiscal y obligará a los bancos a remitir más información, han surgido muchas dudas sobre si los ciudadanos tendrán que declarar cada operación realizada con Bizum.

La preocupación ha crecido en redes y grupos de chat, donde se ha llegado a afirmar que incluso los pagos entre particulares podrían considerarse donaciones fiscales.

Hacienda ha emitido una nota aclaratoria para despejar dudas sobre las obligaciones fiscales vinculadas a Bizum.
Hacienda ha emitido una nota aclaratoria para despejar dudas sobre las obligaciones fiscales vinculadas a Bizum.

Qué ha confirmado realmente Hacienda sobre Bizum y la declaración fiscal

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), dependiente del Ministerio de Hacienda, ha aclarado de forma explícita que las personas particulares no tendrán que declarar los cobros y pagos hechos con Bizum entre particulares.

Esta aclaración responde a la confusión generada por publicaciones que sugerían que a partir de enero de 2026 los pagos entre amigos o familiares tendrían que tributarse o declararse como donativos, algo que Hacienda ha calificado como incorrecto.

La modificación normativa aprobada en abril de 2025, que entrará en vigor en febrero de 2026, no introduce una obligación para ciudadanos de a pie, sino que exige a las entidades financieras informar a la Agencia Tributaria sobre los cobros recibidos mediante Bizum por empresarios y profesionales

Este cambio busca reforzar el seguimiento de ingresos que puedan corresponder a actividades económicas, como las de autónomos o pequeñas empresas que utilizan Bizum para cobrar servicios.

La información no se pedirá al usuario, sino que será suministrada por los bancos de manera mensual y agregada, sin necesidad de que el contribuyente particular tenga que presentarla.

Qué datos se enviarán y a quién afecta la medida

Las entidades financieras estarán obligadas, desde febrero de 2026, a remitir mensualmente información agregada sobre los cobros realizados con Bizum por profesionales y autónomos a la Agencia Tributaria.

Esta información incluirá datos como:

  • La identificación del profesional o empresario que recibe los cobros.
  • El importe total mensual facturado a través de Bizum.
  • Identificadores de las cuentas bancarias o terminales desde donde se gestionan estos pagos.
  • Datos de comercio o actividad económica vinculada a esos cobros.

Este flujo de información, que no será operación por operación, tiene como objetivo ayudar a Hacienda a cruzar datos con otras obligaciones tributarias como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o el Impuesto sobre Sociedades.

Según la propia nota aclaratoria del Ministerio, no se trata de una normativa que obligue a los particulares a declarar cada transferencia, sino de una herramienta para mejorar la trazabilidad de ingresos profesionales.

Lo que sí y lo que no cambia para los usuarios particulares

Es importante diferenciar claramente los escenarios:

  • No se declararán los pagos entre particulares por Bizum. Envíos habituales como pagar una cena, devolver dinero a un amigo o transferir dinero a un familiar no generan obligación de declaración ante Hacienda.
  • No se considerarán automáticamente donaciones. Los pagos casuales entre particulares siguen siendo simples movimientos entre cuentas, sin que Hacienda los trate como donativos fiscales, salvo que concurran circunstancias específicas de donación que ya estaban reguladas antes de esta medida.
  • No habrá control individualizado de cada Bizum personal. Los bancos no enviarán a la AEAT cada transferencia que haces con tus amigos o familia, sino que solo reportarán agregados de actividad profesional.

Este punto ha sido confirmado tanto por Hacienda como por expertos tributarios y analistas fiscales, quienes subrayan que las medidas no implican nuevas obligaciones para los ciudadanos que usan Bizum en su vida cotidiana.

Por qué se ha introducido esta medida y qué implica para el futuro

La reforma fiscal que entra en vigor en 2026 forma parte de un contexto mayor donde Hacienda intensifica el uso de datos electrónicos para combatir el fraude y asegurar que los ingresos por actividades económicas estén correctamente declarados.

El aumento en el uso de pagos digitales como Bizum ha llevado a que se eliminen umbrales y se centralice la información de cobros profesionales, lo que facilita el cruce de datos con las declaraciones de impuestos.

Para los autónomos y comercios, este cambio significa una obligación indirecta de mantener una contabilidad clara y congruente con los ingresos que reciben a través de Bizum, ya que los datos que reportan los bancos pueden ser usados para comprobar declaraciones fiscales.

Las operaciones entre particulares seguirán sin necesidad de ser declaradas ni registradas ante la Agencia Tributaria.
Las operaciones entre particulares seguirán sin necesidad de ser declaradas ni registradas ante la Agencia Tributaria.

Por otro lado, para la mayoría de los ciudadanos, la vida con Bizum seguirá igual. Pagar la compra, dividir gastos de grupo o enviar dinero a un amigo no implicará trámites extras con Hacienda.

Este ajuste legal responde a la evolución de las formas de pago y al impulso por una mayor transparencia tributaria, sin alterar la manera en que los consumidores particulares usan Bizum en su día a día.