

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), a cargo de Yolanda Díaz, ha confirmado que los trabajadores en España que alcancen la edad ordinaria de jubilación pero no cumplan los requisitos para acceder a la pensióncontributiva podrán seguir cobrando el paro más allá de la edad legal de jubilación.
Para poder beneficiarse, los afectados deben presentar un certificado expedido por la Seguridad Social ante el SEPE, que acredite su situación. Esta excepción no se aplica en casos de ERTE, y los subsidios vinculados al paro siguen sujetos a límites de ingresos y condiciones familiares establecidas para 2025.
SEPE y el derecho a cobrar el paro más allá de la edad de jubilación
La normativa española recoge en el artículo 272 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) que, si una persona alcanza la edad ordinaria de jubilación pero no cumple con los requisitos para acceder a la pensión contributiva, podrá mantener el derecho a percibir la prestación por desempleo.

Para ello, será necesario que el interesado acredite su condición con un certificado de la Seguridad Social y lo presente ante el SEPE. No obstante, esta excepción no se aplica a quienes están en situación de ERTE, ya que el vínculo laboral continúa vigente.
Además, los subsidios por desempleo tienen limitaciones en cuanto a ingresos, que en 2025 no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (888 euros mensuales), un requisito importante para el cobro del paro en regiones como Galicia o Castilla y León.
Existen otros casos en los que el SEPE permite cobrar el paro tras la edad ordinaria de jubilación. Por ejemplo, quienes están en jubilación parcial y han cesado en su empleo a tiempo parcial pueden acceder a la prestación hasta que se les reconozca la pensión completa.

También se contempla la situación de trabajadores con pensiones de jubilación reconocidas por sistemas extranjeros que aún no tienen derecho a la pensión española.












