La Seguridad Social ha anunciado que podrán ser beneficiarios de la pensión de orfandad aquellas personas mayores de 60 años, pero en casos excepcionales y si cumplen con los requisitos establecidos. Entre ellos: tener reconocida una discapacidad previa en grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez antes de cumplir los 21 años.
En España, la pensión de orfandad es una prestación económica de la Seguridad Social destinada a los hijos de personas fallecidas, con el objetivo de compensar la pérdida de ingresos familiares y asegurar su bienestar.
Cobrar la pensión de orfandad pasados los 60
De acuerdo con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el requisito fundamental es que la persona huérfana tenga reconocida una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez, y que dicha situación se haya producido antes de cumplir los 21 años. O mientras ya era beneficiario de la pensión de orfandad.
En estos casos, la pensión no se extingue por alcanzar una determinada edad, y puede mantenerse de manera indefinida. No obstante, además de esta condición, también será imprescindible cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditar la incapacidad mediante informes médicos y resolución oficial del INSS.
- Demostrar que la incapacidad existía en el momento requerido, aunque se reconozca después del fallecimiento del progenitor.
Por su parte, el progenitor fallecido también debe cumplir con los requisitos que marca la Seguridad Social:
- Haber cotizado al menos 500 días en los últimos 5 años, si estaba en alta o situación asimilada.
- No se exige cotización si la muerte fue por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Cuantía de la pensión de orfandad
Esta pensión de orfandad está sujeta a diversos factores que determinan la cuantía de la prestación, tales como la base reguladora del progenitor fallecido, las condiciones de la orfandad (simple o absoluta), el número de beneficiarios y las normas vigentes en la Seguridad Social.
Además, se deberán tener en cuenta los siguientes factores para determinar la base reguladora de la persona difunta, con el objetivo de determinar qué cantidad de pensión le corresponde a su descendiente, legal beneficiario:
- Si estaba en alta o situación asimilada al alta, se toma como referencia su base de cotización, según reglas específicas establecidas por la Seguridad Social.
- Si no estaba en alta, la base se calcula sobre las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral.
- Si era pensionista, se utiliza la cuantía que estuviera cobrando como pensión.
Del mismo modo, en aquellos escenarios de orfandad absoluta, las personas que quedan huérfanas de padre y madre pueden recibir un incremento en la cuantía total de la pensión, de acuerdo a los límites establecidos por la Seguridad Social.