Las cuentas bancarias ofrecidas por las entidades financieras constituyen uno de los servicios más empleados por los individuos, ya que facilitan el ingreso de fondos, las pensiones, la gestión de los ahorros y la protección del capital.
No obstante, son escasos los ciudadanos que consideran y conocen las acciones a tomar en caso de que un familiar titular de una de estas cuentas fallezca, así como las repercusiones que podría acarrear el no notificar al banco.
¿Qué hacer al fallecer un titular de cuenta bancaria?
Los herederos del titular fallecido deberán acudir a la Administración Tributaria de España para conocer la cantidad de cuentas bancarias a nombre del difunto, dado que es el organismo donde los bancos deben comunicar la existencia de dichos productos, según lo indicado por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).
Al llevar a cabo la verificación, los herederos podrán determinar si el familiar tenía deudas a saldar y el saldo depositado, tras demostrar su relación parental mediante la documentación pertinente.
Consecuencias de no cerrar la cuenta del fallecido
Luego, será necesario cerrar las cuentas del titular fallecido para prevenir la generación de nuevas comisiones, dado que esto podría ocasionar deudas a los herederos que reclamen la herencia.
Para evitarlo, los familiares deberán notificar al banco sobre el fallecimiento de la persona, presentar el certificado de defunción y, si lo poseen, una copia del testamento o proporcionar una declaración de los herederos.
Además, Asufin indicó que será necesario presentar “la documentación justificativa de la aceptación, partición y adjudicación de la herencia" para demostrar su condición de herederos, lo cual es “indispensable para realizar cualquier movimiento en la cuenta“.
La asociación mencionada por el medio La Razón también especificó que, transcurridos 20 años sin que nadie se presente a reclamar sobre la cuenta, el Gobierno podrá apropiarse de los fondos disponibles.