

Cuando una persona fallece en España, sus bienes, derechos y deudas pasan automáticamente a formar parte de la herencia, tal y como establece el Código Civil en sus artículos 659 y siguientes.
Las cuentas bancarias no quedan al margen de este proceso. Su saldo, tanto positivo como negativo, se integra en el caudal hereditario y debe gestionarse conforme a la ley.
Sin embargo, muchas familias desconocen los pasos que deben seguir. No actuar a tiempo puede provocar la acumulación de comisiones bancarias, bloqueos operativos o incluso la asunción de deudas sin conocer su alcance real. La normativa es clara, pero exige documentación y una gestión ordenada para proteger el patrimonio de los herederos.

Cómo gestionar una cuenta bancaria tras el fallecimiento del titular en España
El primer paso consiste en identificar todas las cuentas bancarias activas del fallecido. Los herederos pueden solicitar información directamente a las entidades financieras, aportando la documentación que acredite su condición, o recabar datos a través del procedimiento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que las entidades comunican saldos a efectos fiscales.
Una vez localizadas las cuentas, es obligatorio notificar el fallecimiento al banco. Para ello se debe presentar el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos.
Tras verificar estos documentos, la entidad facilitará información detallada sobre los saldos y permitirá iniciar el reparto conforme a la herencia. Mientras no se complete este trámite, la cuenta suele quedar bloqueada para operaciones ordinarias.
Sin embargo, el banco puede permitir ciertos pagos esenciales vinculados al fallecimiento, como gastos funerarios, si se acreditan debidamente.
Qué ocurre si no se gestiona la cuenta bancaria del fallecido
Si la cuenta permanece abierta sin gestión formal, pueden generarse comisiones de mantenimiento, cargos por productos asociados como tarjetas o seguros y, en caso de existir deudas, posibles embargos sobre el saldo. Estas cantidades forman parte del patrimonio hereditario y afectan al reparto final entre herederos.
Además, la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas establece que los depósitos abandonados durante 20 años sin que nadie reclame su titularidad pueden pasar al Estado. Esto no es automático ni inmediato, pero sí constituye un riesgo real si la herencia no se tramita correctamente.
Por otro lado, la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones debe realizarse dentro del plazo legal establecido por cada comunidad autónoma. No presentar la autoliquidación en tiempo y forma puede generar recargos e intereses.
Se pueden heredar las deudas de una persona fallecida
Las deudas no desaparecen con el fallecimiento. El Código Civil contempla tres opciones para los herederos.
La primera es aceptar la herencia pura y simple, lo que implica asumir bienes y deudas con todo el patrimonio personal. La segunda es aceptar la herencia a beneficio de inventario, limitando la responsabilidad al valor de los bienes heredados. La tercera opción es renunciar formalmente a la herencia ante notario o en sede judicial, lo que evita cualquier obligación futura.

Antes de tomar una decisión, resulta fundamental solicitar un inventario completo de bienes y deudas. Esta revisión permite conocer con precisión la situación económica del fallecido y evita asumir cargas imprevistas. El asesoramiento especializado en derecho sucesorio aporta seguridad jurídica y ayuda a elegir la alternativa más adecuada.
Gestionar correctamente una cuenta bancaria tras un fallecimiento no es solo un trámite administrativo. Es una decisión que protege el patrimonio familiar, evita conflictos legales y garantiza que la herencia se reparta conforme a la ley vigente en España.














