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El Impuesto a las Sucesiones y Donaciones es un tributo que varía según la comunidad autónoma. Recientemente, elGobierno de Pedro Sánchezha anunciado unaserie de ajustes y bonificacionesen distintas regiones de España, con el objetivo de reducir la carga fiscal sobre los herederos y promover una mayor equidad en la distribución de herencias. Estos cambios afectarán tanto a descendientes directos como a otros familiares, dependiendo de la legislación de cada territorio.

Las modificaciones anunciadas introducen bonificaciones y exenciones fiscales que variarán según lacomunidad autónoma. Mientras algunas regiones optan por la eliminación total del impuesto para determinados grupos, otras establecen reducciones significativas en la base imponible.

Ajustes y bonificaciones en el Impuesto a las Sucesiones y Donaciones según la comunidad autónoma

La Agencia Tributaria ha comunicado que los ajustes en el Impuesto a las Sucesiones y Donaciones entrarán en vigor a lo largo de este año y variarán según la comunidad autónoma.

  • Andalucía: los herederos de grupo I y II quedarán exentos de pago en herencias inferiores a un millón de euros.
  • Aragón: se bonificará el 65% de las herencias inferiores a 100.000 euros.
  • Asturias: exención para los grupos I y II en herencias de hasta 300.000 euros y una bonificación del 99% en casos de víctimas de violencia de género.
  • Cantabria: bonificaciones del 90% al 99% para descendientes, ascendientes y cónyuges.
  • Castilla-La Mancha: los menores de 21 años contarán con una bonificación del 100%, mientras que los mayores de dicha edad recibirán un 80% si la herencia no supera los 300.000 euros.
  • Castilla y León: reducción en la base imponible de entre 300.000 y 400.000 euros.
En algunas comunidades, los herederos directos estarán exentos de pagar el impuesto si la herencia no supera un determinado umbral. (Foto: Archivo)
  • Cataluña: exención para menores de 21 años en herencias de hasta 100.000 euros.
  • Extremadura: bonificación del 99% para los herederos de grupo I y II.
  • Canarias, La Rioja, Valencia y Murcia: bonificación del 99% en todos los casos.
  • Galicia: exención para los herederos del grupo II en herencias de hasta 400.000 euros.
  • Madrid: bonificación del 99% para familiares directos, del 25% para hermanos y entre el 10% y 15% para sobrinos.
  • Navarra: exención total para herencias inferiores a 250.000 euros.
  • País Vasco: exención en herencias de hasta 400.000 euros.

Consecuencias económicas del Impuesto a las Sucesiones y Donaciones

El impacto de estas modificaciones en el Impuesto a las Sucesiones y Donaciones tendrá efectos directos tanto en los herederos como en las arcas de las comunidades autónomas. Con las nuevas bonificaciones y exenciones, muchos contribuyentes se beneficiarán de una menor carga impositiva.

La reducción de la carga fiscal busca aliviar a los contribuyentes, aunque podría afectar los ingresos autonómicos. (Foto: Archivo)

Sin embargo,la reducción de la recaudación en algunas regiones podría generar un ajuste en los presupuestos autonómicos, obligando a los gobiernos regionales a buscar nuevas fuentes de ingresos o revisar otras políticas fiscales.

Además, las diferencias entre comunidades autónomas pueden influir en la movilidad patrimonial, ya que algunos contribuyentes podrían planificar sus sucesiones en función del régimen fiscal más favorable.