Alerta alquileres | La Ley de Viviendas cambia la forma en la que deberán comunicarse propietarios e inquilinos
Conoce qué dice la ley sobre los informes que muchas comunidades de vecinos realizan por WhatsApp para que comiencen a comunicarse de forma correcta.
Las juntas de propietarios son esenciales para la gestión de comunidades de vecinos, ya que facilitan la toma de decisiones sobre convivencia, mantenimiento y administración de los edificios. La correcta convocatoria de estas reuniones es vital para asegurar la validez de las decisiones y prevenir conflictos entre los vecinos.
En los últimos años, las nuevas tecnologías han revolucionado la comunicación y muchos optan por utilizar herramientas como WhatsApp, el correo electrónico y plataformas de gestión comunitaria, lo que ha cambiado la dinámica de interacción entre los propietarios e inquilinos.
Sin embargo, surge la pregunta sobre la legalidad de utilizar estas herramientas para que los vecinos estén informados sobre las posibles reuniones de consorcio.
Por qué son esenciales las juntas de propietarios para una buena convivencia
Las juntas de propietarios son fundamentales en las comunidades de vecinos, ya que son el órgano encargado de deliberar y tomar decisiones sobre asuntos que afectan al edificio.
Las decisiones adoptadas en estas juntas son vinculantes para todos los propietarios, siempre que se sigan los procedimientos establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal.
Existen dos tipos principales de juntas: las ordinarias, que se celebran anualmente para aprobar cuentas y presupuestos y las extraordinarias, que pueden convocarse en cualquier momento para tratar asuntos urgentes. La correcta convocatoria de ambas es crucial para asegurar su validez y evitar posibles impugnaciones de los acuerdos alcanzados.
Según informó el portal inmobiliario Habitaclia, el artículo 16 de la Ley de Propiedad Horizontal establece las normas básicas para la convocatoria de las juntas de propietarios o inquilinos. Esta convocatoria debe ser realizada por el presidente de la comunidad, el administrador o un grupo de propietarios que representen al menos el 25% de las cuotas de participación.
Las juntas ordinarias deben comunicarse con un mínimo de 6 días de antelación, mientras que para las extraordinarias el plazo puede ser menor, dependiendo de la urgencia de los temas a tratar.
La notificación de las juntas debe enviarse a todos los propietarios de manera que quede constancia de su recepción, utilizando métodos como cartas certificadas, tablones de anuncios, correo electrónico o WhatsApp. Además, la convocatoria debe incluir información esencial como la fecha, hora y lugar de la reunión, el orden del día con los asuntos a tratar y la firma del convocante, generalmente el presidente.
¿Se puede convocar juntas por WhatsApp? ¿Qué dice la ley?
El uso de WhatsApp para convocar juntas de propietarios presenta un vacío normativo, ya que la Ley de Propiedad Horizontal no regula explícitamente este método de notificación. Esta falta de claridad puede generar confusión entre los propietarios sobre la validez de las convocatorias realizadas a través de esta plataforma. A pesar de ello, la normativa establece requisitos legales que cualquier método de notificación debe cumplir para ser considerado válido.
Uno de los requisitos más importantes es la constancia de recepción. Es fundamental que la persona que convoca la junta pueda demostrar que el destinatario ha recibido la notificación de manera correcta y en el tiempo estipulado. Sin embargo, el uso de WhatsApp puede complicar esta tarea, ya que no siempre ofrece evidencias claras de entrega y lectura, lo que podría poner en duda la validez de la convocatoria.
Además, es necesario contar con el consenso de todos los propietarios para utilizar WhatsApp como medio de notificación. Este acuerdo debe quedar reflejado en los estatutos de la comunidad. También es importante considerar la accesibilidad universal, ya que no todos los propietarios tienen acceso a esta plataforma o los conocimientos necesarios para utilizarla, lo que podría resultar en una exclusión de ciertos miembros, especialmente de aquellos de mayor edad. Por lo tanto, el uso exclusivo de WhatsApp para convocar juntas podría ser considerado discriminatorio y, por ende, inaceptable.
¿Cómo convocar juntas de forma correcta?
Según detalló Habitaclia, para evitar problemas legales y garantizar la eficacia de las juntas de propietarios, es fundamental establecer protocolos de comunicación claros. Incluir en los estatutos de la comunidad todos los métodos aceptados para convocar las juntas asegura que todos los propietarios estén informados y conformes.
Además, utilizar plataformas que generen registros formales, como correos electrónicos con acuse de recibo, puede prevenir malentendidos. En el caso de utilizar aplicaciones de mensajería como WhatsApp, es recomendable guardar capturas de pantalla que demuestren la entrega y lectura de los mensajes.
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