En España, las pensiones por discapacidad o invalidez están limitadas por ciertos requisitos. Estas ayudas han sido diseñadas para individuos con un grado de discapacidad del 65% o más que carecen de recursos suficientes.
Para cobrar esta prestación de la Seguridad Social, será necesario demostrar una carencia de ingresos suficiente. Actualmente, el umbral se sitúa en los 7905,80 euros anuales, aunque esta cifra puede aumentar si hay más de dos personas conviviendo en el mismo hogar.
Por otra parte, es de suma importancia presentar una declaración anual de rentas durante el primer trimestre de cada año para mantener la pensión.
En lo que respecta a la pensión por incapacidad permanente, la cuantía puede variar según el grado de discapacidad reconocido y la base reguladora de cada trabajador.
Por qué te podrían quitar la pensión por discapacidad
Un aspecto a tener en cuenta es que las pensiones de invalidez no se mantienen indefinidamente y, además, son revisables. Esto quiere decir que al cabo de un tiempo, el caso se puede evaluar para comprobar si se ha producido una mejora o deterioro en la condición del beneficiario.
- Esta revisión, a cargo de la Seguridad Social, se suele realizar cada dos años y puede resultar en modificaciones de la prestación o incluso en su extinción.
- Si un individuo considera que sus circunstancias personales han cambiado y que puede, por ejemplo, recibir una cuantía mayor, podrá solicitar la revisión de incapacidad.
Según los requisitos establecidos, estas pensiones se suspenderán al cumplir los 65 años de edad.
Lo mismo ocurre con las pensiones de discapacidad. Al llegar a la edad jubilatoria, los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente comienzan a recibir la pensión de jubilación en lugar de la de discapacidad, puesto que ambas prestaciones son incompatibles.
Cabe recordar que la pensión de jubilación es una forma de protección social para quienes alcanzan la edad de jubilación, mientras que la pensión de incapacidad es para aquellos que, debido a su discapacidad, no pueden trabajar.
Aumento de las pensiones en 2025
Este año, las pensiones de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, y las pensiones ordinarias y extraordinarias del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado se han revalorizado con carácter general un 2,8% para 2025, que es la inflación media entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024.
De acuerdo a un comunicado de prensa publicado por La Moncloa, esta fórmula fue establecida en la Ley 20/2021, que garantiza el poder adquisitivo de las pensiones y fue consensuada con los agentes sociales.
- La pensión mínima para los pensionistas de 65 años o mayores se fija en 12.241,60 euros anuales y en 15.786,40 en el caso de jubilados con cónyuge a cargo. Los menores de esa edad recibirán 11.452 euros y 15.786,40 si tienen cónyuge a cargo.
- Las pensiones mínimas subirán alrededor del 6% en 2025, las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital se revalorizarán un 9%, y las de viudedad con cargas familiares un 9,1%.
- Las pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social de invalidez y jubilación tendrán un importe anual de 7.905,80 euros.
- Las pensiones no contributivas del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) se revalorizarán en un 6% para 2025, lo que supone alcanzar los 560 euros mensuales en el caso de las no concurrentes con otras pensiones públicas y los 543,60 para las concurrentes.
- La asignación no contributiva por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 65% alcanza en 2025 los 5.805,6 euros al año. Si la discapacidad es igual o superior al 75% se sitúa en 8.707,20 euros.
- Las prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer, experimentarán en 2025 un incremento igual al que se apruebe para el salario mínimo interprofesional para ese año.
- El complemento para la reducción de la brecha de género de las pensiones contributivas queda fijado para 2025 en 35,90 euros mensuales. Es el resultado de sumar un 5% adicional al porcentaje general de revalorización del 2,8%.