

Ante un panorama actual de creciente inestabilidad política internacional, y el constante temor a un posible enfrentamiento bélico, muchos ciudadanos se preguntan cuál sería el procedimiento en caso de que el país entrara en guerra.
En este contexto resulta fundamental entender quiénes serían los ciudadanos llamados a formar parte de las Fuerzas Armadas en caso de conflicto. La legislación de España contempla una estructura que podría incluir otros sectores de la población ajenos al ejército profesional si las circunstancias, como una guerra, lo requieren.

¿Quiénes serían reclutados si el país entra en guerra?
Desde la eliminación del servicio militar obligatorio en 2001, el país cuenta con un ejército profesionalizado compuesto por más de 120.000 efectivos. Ellos serían los primeros en ser movilizados en caso de un conflicto armado.
Sin embargo, para situaciones de crisis como lo puede ser un conflicto bélico, el país dispone de un sistema de reservistas regulado por la Ley de la Carrera Militar y el Real Decreto 383/2011. Estos se dividen en tres categorías:
Reservistas de especial disponibilidad
Son exmilitares que pueden ser llamados de manera prioritaria en caso de crisis. Este grupo también incluye a civiles que, voluntariamente, han decidido formar parte del sistema de reservas y están dispuestos a reincorporarse al ejército en caso de necesidad.
Reservistas voluntarios
Ciudadanos que se inscriben voluntariamente para apoyar a las Fuerzas Armadas en misiones concretas. Deben someterse a un proceso de selección, que incluye exámenes médicos, psicológicos y físicos. Una vez completada la admisión, reciben una formación básica en el ejército.
Reservistas obligatorios
Jóvenes de entre 19 y 25 años que solo serían movilizados si los efectivos profesionales y los reservistas anteriores no fueran suficientes. Esta medida requiere la aprobación del Congreso de los Diputados. Una vez aceptados, estos reservistas recibirán una formación básica en el ejército y serán asignados a diferentes unidades, según las necesidades del momento.
A pesar de que la incorporación a las Fuerzas Armadas es obligatoria en este caso, aquellos que no deseen prestar servicio pueden acogerse a la objeción de conciencia, una posibilidad contemplada por la ley para aquellos que, por razones éticas o religiosas, se niegan a portar armas.

¿Cómo pueden reclutarte para formar parte de las Fuerzas Armadas?
En caso de que fuera necesario activar a los reservistas, el procedimiento se dividirá en cuatro pasos:
- Aviso oficial: Los reservistas recibirán una notificación por escrito o mediante canales electrónicos oficiales.
- Boletines del Ministerio de Defensa: La convocatoria también podría publicarse en medios oficiales.
- Contacto directo: En algunos casos, se usará el teléfono o correo electrónico para acelerar el proceso.
- Lugar de presentación: Los reservistas deberán presentarse en el punto indicado y seguir las instrucciones para integrarse a sus unidades.
El artículo 30 de la Constitución Española establece que los ciudadanos tienen el derecho y el deber de defender a España. Además, permite la regulación de las obligaciones ciudadanas en casos de grave riesgo, lo que podría incluir una guerra.
A su vez, el mismo artículo reconoce el derecho a la objeción de conciencia, lo que limita la posibilidad de un reclutamiento forzoso generalizado. Sin embargo, los criterios específicos para adherir a este derecho no se encuentran claramente definidos, con lo cual la subjetividad y el contexto serán factores fundamentales en estas situaciones.















