Las instalaciones de aire acondicionado en fachadas están bajo la lupa legal en España. El Gobierno ha recordado que, en virtud de la Ley de Propiedad Horizontal, estos aparatos no pueden colocarse en exteriores visibles sin la aprobación de la comunidad de vecinos.
La medida, que afecta tanto a viviendas particulares como a edificios de oficinas y locales comerciales, se enmarca en un esfuerzo por preservar la estética de los edificios, evitar riesgos estructurales y controlar la contaminación visual en entornos urbanos.
Además, en muchos municipios, los ayuntamientos están reforzando las inspecciones y podrían exigir la retirada de equipos mal instalados.
Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal
Según el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, está prohibido instalar “aparatos que alteren la configuración o estado exterior del edificio” sin autorización previa de la comunidad. Esto incluye motores de aire acondicionado, rejas, toldos, cámaras de seguridad y otros elementos visibles desde el exterior.
El motivo es que las fachadas y cubiertas son consideradas elementos comunes, por lo tanto, cualquier alteración afecta a todos los propietarios del inmueble. Instalar un aire acondicionado sin acuerdo puede considerarse una infracción legal, incluso si solo se trata de un único compresor.
Qué pasa si se instala sin permiso
Los vecinos pueden denunciar la instalación ilegal y, si no hay consenso previo, la comunidad puede obligar al propietario a retirar el aparato. En casos extremos, podría iniciarse un procedimiento judicial. Los tribunales suelen dar la razón a las comunidades cuando no se ha respetado el procedimiento legal.
Además, el ayuntamiento puede imponer sanciones si se infringen las ordenanzas municipales. Algunas localidades como Madrid, Barcelona o Sevilla ya contemplan multas por alteración estética de fachadas sin licencia urbanística.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) deja claro que los elementos instalados en zonas comunes requieren autorización expresa. Si no se cumple, los equipos podrían ser considerados ilegales, incluso aunque hayan estado colocados durante años.
¿Hay excepciones o alternativas legales?
Sí. En algunos casos, los estatutos de la comunidad pueden permitir la instalación si se cumplen ciertas condiciones, como colocar los compresores en patios interiores o zonas no visibles desde la calle. También es posible que la comunidad apruebe por mayoría cualificada una modificación del régimen de uso de la fachada, permitiendo su uso privado.
Otra opción es instalar equipos sin unidad exterior, como los sistemas split interiores o aparatos portátiles, que no requieren intervención en la fachada. Estas soluciones no infringen la ley y son cada vez más utilizadas en viviendas que no obtienen permisos vecinales.
Por ello, los expertos recomiendan consultar los estatutos comunitarios y la normativa municipal antes de realizar cualquier obra relacionada con aire acondicionado. Prevenir una sanción o una orden de desmontaje es más sencillo que revertir una instalación ya ejecutada.