Alerta conductores | La DGT podrá multarte por cargar combustible: estos son los motivos
Los conductores deben conocer las nuevas normativas que pueden sancionar el repostaje independiente en determinadas estaciones.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido una nueva polémica en el mundo automovilístico: la posibilidad de multar a los conductores que reposten sus vehículos sin asistencia en gasolineras no homologadas.
Esta medida, que puede sorprender a muchos, responde a regulaciones específicas sobre la seguridad en el manejo de combustibles. Con el aumento de la preocupación por la seguridad vial y la prevención de accidentes, la DGT ha decidido actuar en este ámbito.
¿Cuándo puede la DGT imponer una multa por repostar?
El Reglamento de Circulación establece que solo el personal autorizado puede llevar a cabo el repostaje de combustibles en estaciones de servicio que no son de autoservicio.
De acuerdo con esta normativa, los usuarios que decidan repostar por su cuenta en estas gasolineras pueden enfrentarse a sanciones económicas de hasta 100 euros. Esta regulación busca garantizar que el repostaje se realice de manera segura y controlada, especialmente en instalaciones donde el manejo de combustibles presenta riesgos adicionales.
Además, el Reglamento también impone ciertas condiciones que deben cumplirse al repostar. Por ejemplo, los conductores deben asegurarse de que el motor, las luces, los sistemas eléctricos y los teléfonos móviles estén apagados durante el proceso. Estas medidas pretenden reducir el riesgo de incendios y accidentes en un entorno donde se manipulan sustancias inflamables.
La información proporcionada por expertos en el área legal del Grupo Moure, un holding especializado en el sector energético, subraya la importancia de conocer estas regulaciones. La falta de conocimiento por parte de los conductores puede llevar a sanciones innecesarias, lo que resalta la necesidad de una mayor educación vial sobre las normativas en gasolineras.
¿Qué tipos de gasolineras permiten el repostaje independiente?
La normativa vigente, detallada en el Real Decreto 706/2017, permite el repostaje individual en estaciones de servicio catalogadas como autoservicio. En estos lugares, los usuarios tienen la capacidad de repostar sin temor a recibir una multa, siempre que sigan las instrucciones de funcionamiento y las normas de seguridad establecidas.
Este decreto incluye directrices específicas para el uso de estaciones de servicio desatendidas, y el artículo 13.3 señala que debe haber carteles visibles con instrucciones claras sobre el funcionamiento, el tratamiento de incidencias y las acciones a seguir en caso de emergencia.
Las gasolineras de autoservicio están diseñadas para permitir que los clientes realicen el repostaje de manera segura y autónoma. Estos establecimientos están equipados con mecanismos y señales que guían a los usuarios, asegurando que cumplan con los requisitos de seguridad mientras manejan combustibles.
En contraste, las estaciones que no están clasificadas como autoservicio solo deben ser operadas por personal autorizado. Esto se debe a la naturaleza inflamable de los combustibles y a los riesgos asociados con su manipulación.
La DGT busca garantizar la seguridad de los conductores y del público en general. Con esta nueva medida, es evidente que se busca concienciar sobre la importancia de seguir las normativas establecidas y actuar de manera responsable al repostar.