El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, oficializó este miércoles la convocatoria al Consejo Nacional del Empleo y la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (CNEPSMV) para avanzar con la revisión del piso base de ingresos y el monto de la Prestación por Desempleo.
A través de Resolución 6/2024 firmada por la titular de la cartera Sandra Pettovello, el cónclave que reunirá a representantes sindicales, empresariales y del Gobierno nacional, sesionará bajo la modalidad virtual desde las 14 horas.
"Convócase a los integrantes de la Comisión a reunirse en sesión el día 30 de abril de 2024, a las 14:00 horas, mediante plataforma virtual, al efecto de tratar (...) la determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias", especificó el artículo 3° del texto publicado en la edición del Boletín Oficial (BO).
El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) actual asciende a $ 202.800. El importe absorbió un incremento en dos tramos del 30% definido por el Gobierno nacional mediante la Resolución 4/2024.
El estadio ubicó a la Argentina como el país de Latinoamérica con la cifra más baja en dólares (u$s 196), según un informe elaborado por la consultora Focus Market (marzo 2024).
¿De cuánto es la Prestación por Desempleo actual?
La Prestación por Desempleo liquidada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) asciende a un máximo de $ 202.800. Su monto también incorporó los tramos de actualización definidos por la normativa 4/2024.
¿Cómo impactará la suba del Salario Mínimo en las prestaciones liquidadas por ANSES?
El incremento del Salario Mínimo representa la menor remuneración por hora o por mes que debe percibir en efectivo todo trabajador, por una jornada completa.
Su próxima actualización resultará aplicable a los empleados en relación dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo y a los de la administración pública, como también al personal encuadrado bajo el Régimen de Trabajo Agrario, aunque excluido el personal del servicio doméstico.
Además, determina el condicionante de ingresos máximos permitidos para acceder a las Becas Progresar de la Secretaría de Educación (hasta 3 SMVM) y la Asignación Universal por Hijo (AUH), ambas liquidadas por ANSES.
| Prestación previsional | Monto |
|---|---|
| AUH ANSES | Hasta 1 SMVM |
| Becas Progresar | Hasta 3 SMVM |
| Jubilados y pensionados | Mínima igual o más al 82% del SMVM |
En la misma sintonía, la acreditación de un Plus para los Jubilados y Pensionados que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 27.426)