El Gobierno Nacional implementó cambios en la reglamentación de la Ley del Impuesto a las Ganancias, buscando modernizar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con transacciones internacionales y la presentación de declaraciones juradas.
Según el Decreto 767/2025, que fue publicado en el Boletín Oficial, los contribuyentes que realicen importaciones o exportaciones solo deberán proporcionar información a ARCA si el total anual de estas operaciones excede los $500.000.000.
Cambios en el régimen simplificado de Ganancias para empresas
Transacciones con empresas del exterior
Se estableció que
las transacciones con entidades vinculadas en el extranjero no requerirán la presentación de declaraciones juradas especiales
si no superan los
$150.000.000
en total o
$15.000.000
de manera individual.
También se introducirá un registro electrónico obligatorio para los contratos de exportación, que deberá completarse dentro de los 60 días posteriores al embarque.
Bienes de cotización
Otro cambio significativo es la actualización del concepto de "bienes con cotización", que ahora abarca
precios e índices de referencia
de mercados tanto nacionales como internacionales, así como de entidades públicas y privadas especializadas.
Declaración de Ganancias
El artículo 8° del decreto, que modifica el Decreto 353/2025, amplía el régimen simplificado y opcional para la declaración del Impuesto a las Ganancias. Con esta modificación,
ARCA podrá permitir que las rentas de origen extranjero se incluyan en este régimen
, facilitando a los contribuyentes el proceso de liquidación del impuesto con menos carga administrativa, utilizando la información que ya posee el organismo y la que aporten los propios contribuyentes.
Asimismo, se eximirá a los contribuyentes de informar sobre la lista y el valor de los bienes que poseían al 31 de diciembre del año de la declaración y del anterior, lo que significa que
no tendrán que reportar su patrimonio al inicio y al cierre del ejercicio fiscal
.
Además de las modificaciones mencionadas, se prevé que estas reformas generen un impacto positivo en la competitividad de las empresas argentinas en el mercado internacional. Al reducir la carga administrativa y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, se espera que más empresas se animen a participar en operaciones de comercio exterior.
El Decreto 767/2025 comenzó a regir al día siguiente de su publicación y se aplicará a los ejercicios fiscales que finalicen a partir de esa fecha, afectando tanto a empresas que operan en el exterior como a individuos con ingresos internacionales.