El Gobierno nacional avanzó este viernes con una nueva etapa de la reforma del sistema naviero.

A través del Decreto 690/2026, Javier Milei aprobó un nuevo régimen para los servicios de practicaje y pilotaje que modifica reglas vigentes desde hace más de tres décadas, flexibiliza el acceso a la actividad, reduce los casos en los que será obligatorio contratar un práctico y limita costos adicionales para las navieras.

La medida forma parte del proceso de desregulación que impulsa Federico Sturzenegger sobre la Marina Mercante y el transporte fluvial, una agenda que El Cronista viene anticipando y que incluye la apertura del cabotaje, la flexibilización laboral y la reducción de costos logísticos para el comercio exterior.

La semana pasada trascendió un borrador de un megaproyecto de ley que llegará al Congreso después del receso en el que se modifica el régimen de la Marina Mercante, el cabotaje, las dotaciones y la Ley de Navegación, por lo que puede interpretarse como que el Gobierno adelantó por decreto una parte de la reforma.

En los fundamentos del decreto, el Gobierno sostiene que el régimen aprobado en 1991 había quedado “obsoleto”, imponía barreras artificiales al ingreso de nuevos prestadores y favorecía conductas anticompetitivas que terminaban encareciendo la logística nacional.

El objetivo declarado es incrementar la competencia, garantizar la continuidad del servicio y reducir costos para la actividad portuaria y exportadora.

Uno de los cambios centrales consiste en eliminar cualquier límite al número de prácticos habilitados. La Prefectura Naval deberá inscribir a todo profesional que reúna los requisitos técnicos exigidos, mientras que los usuarios podrán contratar libremente a cualquiera de ellos como profesionales independientes.

El nuevo régimen también modifica las reglas económicas de la actividad. Si bien la remuneración continuará negociándose entre las partes, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación fijará tarifas máximas para cada tipo de servicio. Esos valores deberán incluir todas las maniobras propias del practicaje y no podrán agregarse cargos adicionales, salvo los que expresamente autorice la autoridad de aplicación.

Otra modificación apunta al transporte de los propios prácticos. Desde ahora, el embarque y desembarque podrá ser contratado libremente por los usuarios o terceros, utilizando medios terrestres, acuáticos o incluso aéreos habilitados. Los prácticos sólo podrán negarse cuando acrediten objetivamente que existen riesgos para su seguridad y esa negativa deberá ser justificada ante la Prefectura Naval. Si no lo hacen, podrá ser considerada una falta grave.

En paralelo, el reglamento reduce los supuestos de obligatoriedad para contratar prácticos. En la mayoría de las zonas se elevan los umbrales mínimos de eslora y calado para exigir el servicio, mientras que también se amplían las posibilidades para que capitanes argentinos o extranjeros con experiencia acreditada obtengan certificados de conocimiento de zona y puedan navegar sin necesidad de contratar un práctico. Para ello deberán demostrar al menos diez viajes de ida y diez de regreso en los últimos tres años, con tres realizados durante el último año.

Los anexos también reformulan el sistema de formación profesional. El título de práctico podrá ser obtenido por capitanes de ultramar, capitanes fluviales, capitanes de pesca y determinados oficiales retirados de la Armada y de la Prefectura que cumplan los requisitos técnicos y aprueben los exámenes correspondientes.

Además, se reducen los viajes de práctica exigidos respecto del régimen anterior y se establece que la Prefectura deberá convocar a exámenes públicos al menos dos veces por año.

El decreto incorpora además mecanismos para evitar interrupciones del servicio. En situaciones excepcionales, la Prefectura podrá prestar directamente el practicaje, requerir colaboración de la Armada o autorizar temporalmente a capitanes que cuenten con certificado de conocimiento de zona para desempeñar esa función.

La publicación de la norma ya generó una fuerte reacción entre los profesionales del sector. Según explicó a El Cronista una fuente vinculada a la actividad naviera, los prácticos consideran que el nuevo esquema “virtualmente reduce el servicio de practicaje a su mínima expresión” y no descartan que haya una suspensión de prestaciones.

“Nadie los puede obligar a hacer lo que no quieren porque no son trabajadores agremiados sino profesionales independientes”, señaló la fuente consultada.

Ese eventual escenario aparece contemplado por el propio decreto. El Gobierno prevé mecanismos de reemplazo mediante la Prefectura, la Armada o capitanes con certificados de conocimiento de zona, precisamente para evitar que un conflicto sectorial afecte la operatoria del comercio exterior.