La Corte Suprema de Justicia desestimó los planteos de la vicepresidenta Cristina Kirchner sobre la recusación de diversos jueces en varias causas en la que es juzgada. Los fallos del máximo tribunal fueron dados a conocer esta tarde, y presentan diferentes justificaciones que rechazan las presentaciones formuladas por los abogados que la defienden.
La exmandataria presentó una serie de recursos extraordinarios en el marco de dos causas: la conocida mediáticamente como "ruta del dinero K" y el memorándum con Irán.
Sobre la primera, la defensa había planteado la recusación de los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens, quienes integraban la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Esto había sido motivado luego de que los magistrados pidieran a la Unidad de Información Financiera (UIF) y dispusieran que se convoque a Fernández de Kirchner a prestar declaración indagatoria. Sin embargo, el juez Leopoldo Bruglia había rechazado ese pedido.
La demanda llegó al máximo tribunal, pero los ministros de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda lo desestimaron porque "no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal".
Por otro lado, en el marco de la investigación por la denuncia de la firma del memorándum de entendimiento con Irán, las defensas de Cristina Kirchner y Oscar Parrilli recusaron al juez Juan Carlos Gemingniani, integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, por entender que se había afectado la garantía de imparcialidad.
También con la firma de Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, desde el tribunal entendieron que la presentación no se cuadraba a la Acordada 4/2007 dictada por la Corte, que establece parámetros respecto a la forma en que deben articularse tanto el recurso extraordinario federal como la presentación directa por denegación de aquel.
En la instancia anterior, se interpretó que "las defensas no habían demostrado la concreta vulneración de garantías constitucionales o que se hubiera configurado alguno de los supuestos previstos en la ley para separar de una causa a un magistrado".
Los ministros de la Corte también entendieron que la presentación de recusación del juez Claudio Bonadío en la causa cuadernos se había tornado abstracta, dado que este falleció con posterioridad a la presentación. Así, simplemente se limitaron a darle un cierre legal a ese expediente.