El proyecto de regulación de la actividad de lobby que impulsa el Gobierno nacional encontró un freno casi unánime en la Cámara de Diputados.

En la última reunión informativa conjunta de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General, ninguno de los 26 expositores convocados respaldó el texto enviado por el Poder Ejecutivo y tampoco hay consenso en las conversaciones informales entre los bloques entre los bloques.

Organizaciones de la sociedad civil, entidades profesionales y cámaras empresarias coincidieron en cuestionar aspectos centrales de la iniciativa, desde la amplitud de las definiciones hasta el esquema de sanciones.

Ante ese escenario, La Libertad Avanza optó por postergar el dictamen y abrir una instancia de negociación con los bloques dialoguistas, que ya trabajan en propuestas alternativas.

Entre los reclamos más repetidos estuvo el de las cámaras empresarias, que pidieron distinguir entre la representación de intereses particulares y la representación colectiva que ejercen las entidades gremiales.

También generó rechazo la figura del “principal extranjero”, que obliga a inscribirse como agente de intereses externos a quienes reciban financiamiento o cooperación internacional: organizaciones como Fundación Huésped advirtieron que esa cláusula asocia indebidamente la cooperación internacional con la representación de intereses foráneos.

A quiénes incluye y a quiénes deja afuera el proyecto en debate

El proyecto, que ingresó formalmente a Diputados a fines de mayo con la firma de Javier Milei, el exjefe de Gabinete Manuel Adorni y Diego Santilli, crea un Registro Público de Gestores de Intereses y obliga a registrar las audiencias de gestión de intereses a legisladores, autoridades administrativas de ambas Cámaras y funcionarios con rango no inferior a Director.

Prevé multas de entre 500 salarios mínimos y la inhabilitación definitiva para quienes incumplan. Tiene como antecedentes proyectos presentados en los últimos dos años por Oscar Agost Carreño, Karina Banfi, Miguel Pichetto, la Coalición Cívica y Margarita Stolbizer, varios de los cuales fueron citados durante el debate en comisión.

Pichetto, de hecho, planteó que la ley de lobby “debería haber sido el primer tema” que presentara un Gobierno que hizo de la transparencia una bandera, antes incluso de avanzar con privatizaciones y desregulación.

En paralelo al freno legislativo, surgió el interrogante sobre si el proyecto responde a un pedido concreto de Estados Unidos, lo que en el oficialismo significaría un componente a favor de la insistencia parlamentaria mientras que resultaría un freno aún mayor para la oposición. Es que el texto replica el modelo estadounidense de registro de lobbistas.

Fuentes del Ministerio de Desregulación comentaron a este diario que “no fue un pedido de Estados Unidos” aunque sí admitieron que existen compromisos asumidos con Washington en materia de buenas prácticas regulatorias, pero que tienen otro contenido y otro objeto.

Estos compromisos apuntan a, entre otras cosas, publicar los borradores de proyectos de normas, abrirlos a comentarios y dar respuesta antes de firmarlos o publicarlos en el Boletín Oficial, además de realizar análisis de impacto regulatorio sobre las iniciativas, antes de avanzar con la discusión.

Esos compromisos están contenidos en el Acuerdo de Comercio e Inversión Recíprocos que Argentina y Estados Unidos firmaron el 5 de febrero pasado, presentado por el vocero presidencial Manuel Adorni junto al canciller Pablo Quirno, con Sturzenegger a cargo de exponer el marco general del entendimiento.

El capítulo de buenas prácticas regulatorias está en el Anexo III, Artículo 1.11, y aplica a nivel del gobierno central. Establece que Argentina debe garantizar, a lo largo de todo el ciclo regulatorio, la publicidad oportuna y accesible en línea de leyes, reglamentos y resoluciones; la publicación de los proyectos de reglamentos junto con un análisis de impacto regulatorio que evalúe su necesidad y sus efectos potenciales; consultas públicas abiertas a comentarios nacionales y extranjeros, con obligación de dar respuesta antes de la firma; aviso razonable de las regulaciones planificadas y de las prioridades regulatorias de corto plazo; uso de datos y evidencia técnica de calidad en la planificación normativa; cooperación regulatoria internacional; y revisión periódica de la regulación vigente.

El plazo para implementar estas obligaciones —transparencia, consulta pública y previsibilidad— es de tres años desde la entrada en vigor del Acuerdo, que a su vez está condicionada a su aprobación por el Congreso, conforme al artículo 75, inciso 22 de la Constitución.

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El capítulo de gobernanza regulatoria no es un compromiso aislado dentro del Acuerdo: convive con obligaciones similares en materia aduanera y de propiedad intelectual, que también empujan al Estado argentino hacia estándares más previsibles y trazables.

En el frente aduanero, el texto exige mantener o implementar comercio sin papeles, procesamiento previo a la llegada de mercaderías y aceptación de documentos electrónicos transferibles, como los conocimientos de embarque digitales.

En propiedad intelectual, obliga a Argentina a reforzar el enforcement civil, penal y fronterizo, y fija plazos concretos: la ratificación del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) debía someterse al Congreso antes del 30 de abril de 2026, mientras que otros instrumentos, como el Protocolo de Madrid y el Tratado de Budapest, tienen plazo hasta fines de 2027.

Ese cronograma, sin embargo, tampoco corrió aún: como el Acuerdo no fue aprobado por el Congreso, ninguna de sus obligaciones —ni las regulatorias, ni las aduaneras, ni las de propiedad intelectual— es hoy jurídicamente exigible.

El propio Sturzenegger definió públicamente el capítulo regulatorio como parte de una agenda de modernización institucional más amplia, no como un pedido puntual vinculado a una ley específica como la de gestión de intereses.

La confusión entre ambos frentes —la ley de lobby, de autoría propia del Gobierno y con antecedentes parlamentarios locales, y los compromisos de buena práctica regulatoria del acuerdo bilateral, de origen internacional y todavía sin vigencia— explica en parte por qué la iniciativa quedó asociada a una agenda externa que, según la versión oficial, no la originó.